Congreso reactiva proyecto de ley para prohibir la obsolescencia programada de artículos eléctricos y electrónicos en Chile
Iniciativa presentada inicialmente en 2018 para teléfonos celulares se reactivó en marzo y ya fue aprobada por la Cámara, y ampliada a todos los aparatos eléctricos y electrónicos. Ahora inicia tramitación en el Senado para ser ley, siguiendo la tendencia que actualmente implementa la Unión Europea. Impedirá comercializar artículos “cuya funcionalidad se vea comprometida significativamente por causa de una planificación o programación deliberada”, y establece multas de hasta $52 millones por incumplimiento, y un 5% de la facturación anual de la empresa por incumplimientos reiterados. La posibilidad de regular la obsolescencia programada y establecer un índice de reparabilidad -etiqueta que indica que tan reparable es un producto- había sido analizada en el comité que desarrolla el decreto de metas de reciclaje de artículos eléctricos y electrónicos, donde se determinó que esto quede sujeto a los avances de la agenda legislativa.
Ingresado en 2018 como un proyecto de ley que buscaba prohibir la venta de teléfonos y dispositivos móviles con obsolescencia programada, la iniciativa parlamentaria impulsada por el diputado José Miguel Castro -y que contó entonces con el apoyo de casi una decena de parlamentarios- durmió durante casi tres años en el Congreso. En marzo de este año, y en el marco de las distintas iniciativas en curso a nivel nacional e internacional para una economía circular, y de una reactivación verde post pandemia, se inició su rápida tramitación en la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados, al punto que el reciente 1 de septiembre ya fue aprobado en primer trámite por la sala y enviado al Senado para su tramitación final. Y esta vez su rango se amplió, apuntando a prohibir la obsolescencia programada en los aparatos eléctricos y electrónicos en general.
“Todas las leyes tienen un tiempo para digerirse, y el momento perfecto tampoco existe. Se dio justo la contingencia de que en la Comisión de Ciencia y Tecnología había muchos diputados afines al proyecto, y se dieron todas las cosas para pedir que se pudiera analizar en nuestra comisión. Tomamos la decisión de darle agilidad al proyecto y hoy tenemos un proyecto aprobado por la Cámara, con indicaciones consensuadas, y esperamos que el Senado esté a la altura y con miras de poder entender que es una legislación que es muy vanguardista, pero que no estamos inventando la rueda; esta legislación existe en varios países más. El problema existe, y legislar va en beneficio de los consumidores”, afirma el diputado Castro.
En esencia, el proyecto de ley introduce modificaciones en la Ley 19.496 (que Establece Normas sobre la Protección de los Derechos de los Consumidores), e incorpora en su Artículo 14 la prohibición de la obsolescencia programada, señalando además que “en consecuencia, los proveedores no podrán producir, fabricar, importar, distribuir o comercializar aparatos eléctricos o electrónicos cuya funcionalidad se vea comprometida significativamente por causa de una planificación o programación deliberada, sea que provenga desde su diseño o a consecuencia de la posterior modificación del aparato”.
La infracción a esta prohibición, señala el proyecto, se sancionará con multas de hasta 1.000 UTM (poco más de $52 millones), aunque en caso de que la conducta sea reiterada este monto podrá elevarse “de forma proporcional a los beneficios obtenidos producto de la obsolescencia programada al 5% de su facturación anual media” del infractor.
Adicionalmente, impone también la obligación de determinar el “índice de reparabilidad” de ciertos productos, el que debe ser visible en el empaque de éstos e incluye aspectos como si el producto se puede desmontar fácilmente, si existe una alta disponibilidad de repuestos, o si hay un equilibrio entre el producto y el precio de sus repuestos.
La fiscalización de que dicha información sea fidedigna recaería en el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). Entre los productos que se deberán incluir “siempre” en este índice están los smartphones, laptops, televisores, refrigeradores y lavadoras.
¿A quienes afectaría esta eventual ley? “La ley aplica para todo aquel que comercialice, porque obviamente no tenemos jurisdicción sobre países donde se desarrollan estos software o hardware. Lo que hicimos en Chile fue adecuarlo a quienes fueran comercializadores de estos productos en el país, ellos tienen que preocuparse de lo que se venda acá entendiendo que las condiciones de información al cliente tienen que ser sumamente claras”, explica José Miguel Castro.
“Sabemos que debe existir en algunos objetos obsolescencia programada -agrega el parlamentario-, pero más importante es que el consumidor sepa lo que está comprando, y este índice de reparabilidad va en ese sentido. Por ejemplo, si compro un teléfono celular va a tener una vida en que va a funcionar a la misma rapidez a menos que yo le ponga otro software. Yo tengo que estar informado de eso para saber que lo que estoy comprando -que son productos caros- en el fondo va a tener una vida útil con respecto a lo que estoy pagando”.
Para el diputado Jorge Brito, uno de los parlamentarios firmantes del proyecto y quien fue el encargado de informarlo a la sala de la Cámara, intentar poner fin a la obsolescencia programada apunta a terminar con lo que denomina “la economía del despilfarro” de recursos, donde -dice- muchos gigantes de la tecnología tienden a un reemplazo permanente de productos para aumentar sus ingresos, con grandes costos para los clientes y para el planeta. Y para ello, afirma, hay jurisprudiencia suficiente tanto en Chile como en Italia y Francia.
Residuos eléctricos y electrónicos en el mundo: Asia generó la mayor cantidad de desechos electrónicos en 2019 con 24,9 millones de toneladas (Mt), seguida de América (13,1 Mt) y Europa (12 Mt), mientras que África y Oceanía generaron 2,9 Mt y 0,7 Mt, respectivamente. Europa ocupó el primer lugar a nivel mundial en términos de generación de desechos electrónicos per cápita, con 16,2 kg per cápita. Oceanía ocupó el segundo lugar (16,1 kg per cápita), seguida de América (13,3 kg per cápita), mientras que Asia y África generaron solo 5,6 y 2,5 kg per cápita, respectivamente.
“El índice de reparabilidad es una propuesta que trabajamos replicando la legislación francesa, donde se considera que todos los productos electrónicos o eléctricos que sean importados al país deberían tener en sus etiquetas información sobre la reparabilidad del producto, de forma tal de que cuando tenga que decidir respecto de un secador de pelo de $10 mil o uno de $15 mil -por ejemplo- tenga una estimación respecto de la vida útil, y no vaya a ser que por llevarse el más barato en la primera compra tenga que reemplazarlo generando basura y un costo más alto”, afirma.
Europa lidera avances para poner y fin a obsolescencia programada
La existencia de una etiqueta para los productos ya se está implementando en Francia, a través de una ley vigente desde enero de este año, donde los productos tecnológicos deberán tener una etiqueta con un índice de reparabilidad de 0 a 10, donde 10 es más reparable, para orientar la compra de los consumidores. Esto luego que un estudio del Ministerio de Transición Ecológica galo detectara que en ese país que solo un 40% de los productos tecnológicos son reparados cuando termina su vida útil. Para informar a las personas, se habilitó una página web oficial con una lista de productos y su respectivo índice de reparabilidad, desde televisores a teléfonos y lavadoras. Entre los celulares, por ejemplo, más de un aparto califica con un 1 en la lista.
En ese país además existe desde 2015 una ley relativa a la transición energética en la que se define la obsolescencia programada como un delito, y mediante la cual se creó un artículo en el Código de Consumo, para definir y sancionar esta práctica comercial. La define como las “técnicas mediante las cuales el responsable de la comercialización de un producto tiene por objeto reducir deliberadamente su vida útil para aumentar su tasa de reposición”, y establece penas de hasta dos años de prisión y multas de 300.000 euros por implementarla en sus productos.
La Unión Europea también está avanzando en la misma línea, a través de la Nueva Agenda del Consumidor lanzada por al Comisión Europea en noviembre pasado. Mediante la promoción de “medidas para un mercado único más ecológico, más digital y más justo”, entre sus principales acciones están la elaboración de una ley para informar mejor a los consumidores sobre cuán sostenible es un producto y para estar mejor protegidos contra el “green washing” y la obsolescencia programada, al tiempo que se anuncian reglas sobre el uso de la inteligencia artificial y un plan para abordar el desafío de las nuevas tecnologías y la venta por internet.
Y en diciembre pasado, el Parlamento Europeo aprobó una propuesta de resolución denominada “Hacia un mercado único más sostenible para las empresas y los consumidores” que busca otorgar a estos últimos el “derecho a reparar”, así como establecer un etiquetado obligatorio para los fabricantes que indique claramente cuál es el índice de reparación de un producto o dispositivo. La decisión del Parlamento Europeo de impulsar esto a escala continental en un “mercado único sostenible”, es priorizar un uso más eficaz y sostenible de los recursos ante la escasez de estos y la proliferación de residuos, por lo que “es imperativo instaurar patrones de producción y de consumo sostenibles que tengan en cuenta los límites del planeta”, con medidas que apuntan a poner fin a la obsolescencia programada.
En Chile, parte de estas materias se están discutiendo en el marco de la Ley REP, particularmente en el Comité Operativo Ampliado del Ministerio del Medio Ambiente donde representantes del Estado, el sector privado, la sociedad civil y la academia trabajan en la elaboración de un decreto de metas de recolección y valorización para las pilas y los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
Según consta en las actas y presentaciones que se han hecho públicas respecto del trabajo de dicho comité, el tema de la obsolescencia programada y el índice de reparabilidad fueron tratados en la sesión del pasado 4 de agosto, al analizar las posibilidades de transformación de estos productos “aguas arriba”. En tal sentido, se planteó entre las observaciones que Chile no es un país de producción local (una empresa fabricante vs 17.600 empresas importadoras), por lo que los instrumentos deben estar diseñados para ese tipo de productor.
En ese escenario, se señala, “las exigencias a los proveedores en materia de obsolescencia programada de artículos eléctricos y electrónicos, extensión de garantías, disponibilidad de repuestos e índice de reparabilidad, quedarán sujetas al avance y las definiciones de la agenda legislativa en cuestión”.