Regulación de plásticos de un solo uso en la Unión Europea: foco no está en materialidad de los productos, sino en su impacto en la naturaleza y su capacidad de reemplazo
¿Cómo regular un material que es imprescindible para la vida moderna? El principal problema, dicen los expertos, no es el plástico en si mismo, sino el mal uso que le damos. En la Unión Europea, que estableció la primera regulación general a los plásticos de un solo uso, una de las definiciones adoptadas es que la regulación no está determinada por la materialidad en sí -no se trata de qué o cuánto plástico tiene un producto- sino que por el impacto que estos tienen en la naturaleza. Es decir, no se busca prohibir todos los plásticos de un solo uso, sino regular los más problemáticos. Hoy Chile avanza en la misma línea en un proyecto de ley que está en su primer trámite constitucional en el Congreso.
A cuatro años de la promulgación de la Ley de Reciclaje, conocida como Ley REP, la que aún se encuentra en plena implementación para incrementar las tasas de reciclaje de un 4% actual a cerca de un 60% -en el caso de productos de consumo masivo, como envases y embalajes- la discusión, y la regulación, no se han detenido ahí. Hoy el foco no es el reciclaje, sino la economía circular y, en lo específico, la regulación de los plásticos, que en los últimos años se posicionó con fuerza en la discusión ambiental a nivel global principalmente por la extendida contaminación de los océanos por este material.
Según un estudio de la Fundación Ellen MacArthur, a nivel mundial se producen cada año 78 millones de toneladas de plástico, de las cuales sólo un 2% se vuelve a incorporar en los mismos productos, y otro 8% se recicla en un producto diferente. Esto implica que el 90% restante del material se pierde, ya sea porque llega al medio ambiente, a un relleno sanitario o a una planta de incineración.
En Chile, según las últimas cifras entregadas este año por la Asociación de Industriales del Plástico (Asipla), cada año se consumen en Chile 990 mil toneladas de resinas plásticas, pero sólo se reciclan 83.679 toneladas. Es decir, solo el 8,5% del consumo anual del país, y gran parte de ello corresponde a la industria, ya que a nivel domiciliario solo se recicla un 1,4% de los plásticos que se consumen.
El problema es: ¿cómo regular un material que es imprescindible para la vida moderna? El principal problema, dicen los expertos, no es el plástico en sí mismo, sino el mal uso que le damos. Y en esa línea, según la misma Fundación Ellen MacArthur, hoy la solución pasa por reciclar el 50% de este material, reusar otro 20%, y el 30% restante debe -definitivamente- repensarse ya que se trata de plásticos que no son reciclables ni reutilizables.
Allí es donde se centra la discusión global, y que en Chile ya empieza a concertar algunas iniciativas como la ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas en el comercio, el Pacto Chileno de los Plásticos, o la Hoja de Ruta para la Economía Circular, entre otros. Pero el principal aspecto normativo está centrado hoy en la regulación de los plásticos de un solo uso, tanto en Chile como en el mundo. ¿Cómo se está enfrentando este desafío?
La materialidad no es determinante
Hoy es la Unión Europea la que está llevando la delantera en esta materia, y que al mismo tiempo está marcando una ruta para el resto de los países. Y una de las primeras definiciones es que la regulación no está determinada por la materialidad en sí -no se trata de qué o cuánto plástico tiene un producto- sino que por el impacto que estos tienen en la naturaleza. Es decir, no se busca prohibir todos los plásticos de un solo uso, sino regular los más problemáticos.
Para ello, la base es un estudio realizado por la Unión Europea que muestra cuáles son los diez principales productos encontrados en 276 playas de 17 estados europeos, y 4 mares regionales, durante 2016, que representan un 86% de todos los artículos plásticos de un solo uso encontrados en las costas, y cerca de la mitad de la basura marina.
Cada año se consumen en Chile 990 mil toneladas de resinas plásticas, pero sólo se reciclan 83.679 toneladas. Es decir, solo el 8,5% del consumo anual del país, y gran parte de ello corresponde a la industria, ya que a nivel domiciliario solo se recicla un 1,4% de los plásticos que se consumen.
En el Top 5 de esa lista están las botellas, tapas y tapas de bebidas; las colillas de cigarros; los bastoncillos de algodón; los “paquetes crujientes” (como los de papas fritas) y envoltorios de dulces; y las aplicaciones sanitarias. Les siguen en el listado las bolsas de plástico; los cubiertos, pajitas y agitadores de bebidas; los vasos de bebidas (tipo vaso de café) y sus tapas; los globos y varillas de plástico para globos; y los envases de alimentos destinados a la comida rápida.
Es allí -en el impacto, y no en la materialidad- donde se enfocó en primer lugar la legislación europea, y aplicó además un segundo criterio para la regulación: la posibilidad real, o no, de modificar esa materialidad. Y esto llevó a qué se puede prohibir, y qué no.
De esta forma, el criterio fue que cuando se disponga de alternativas fácilmente disponibles y asequibles, se prohibirán los productos de plástico de un solo uso, como los bastoncillos de algodón, los cubiertos, los platos, las pajitas, los agitadores de bebidas, las varillas para globos, los productos fabricados con plástico oxodegradable y los envases de alimentos y bebidas de poliestireno expandido.
En lo que respecta a otros productos, el objetivo es limitar su uso a través de una reducción del consumo de ámbito nacional, de los requisitos de diseño y etiquetado, y de las obligaciones de limpieza y gestión de residuos para los productores.
Así, la directiva del Parlamento Europeo de junio de 2019 estableció que para el año 2021 deberán desaparecer los cubiertos y plásticos de un solo uso, las bombillas, los bastones de algodón para los oídos fabricados con plástico, los palitos de plástico para sostener globos, los plásticos oxodegradables, contenedores alimenticios y tazas de poliestireno.
Además, los estados miembros tendrán que recuperar el 90% de las botellas de plástico en 2029. Para el año 2025 el 25% del plástico contenido en las botellas deberá ser reciclado, y el 30% en 2030. Se refuerza el principio de “quien contamina paga”, en particular para el tabaco, al introducir una responsabilidad ampliada para los productores, y los fabricantes estarán obligados, asimismo, a incluir en el etiquetado advertencias sobre el impacto medioambiental de los cigarrillos con filtros de plástico, las tazas de plástico, las toallitas húmedas y las compresas higiénicas.
La directiva de la Unión Europea refuerza, además, que esta “sólo debe aplicarse a los productos de plástico de un solo uso que son los que se encuentran más frecuentemente en las playas de la Unión”, y agrega respecto de la definición de plásticos de un solo uso que se deberán elaborar directrices al respecto, aunque desde ya establece qué productos quedan fuera, como por ejemplo los recipientes que contienen alimentos desecados o vendidos fríos que requieren preparación posterior, o aquellos que contienen porciones mayores a una porción individual.
¿Qué pasa con los plásticos de un solo uso que aún no tienen alternativas adecuadas de reemplazo? Al respecto, la directiva de la Unión Europea establece que se deben “promover los esfuerzos hacia soluciones más sostenibles”, y se exigirá a los estados miembros que establezcan objetivos nacionales de reducción de consumo de estos productos, sin comprometer la higiene ni la seguridad alimentaria y velando siempre porque “las restricciones sean proporcionales y no discriminatorias”.
Mientras la UE estableció un 25% de incorporación de material reciclado en las botellas de plástico para el año 2025, y de 30% para 2030, el proyecto aprobado en la Comisión de Medio Ambiente del Senado fijó una meta de 25% de material reciclado en las botellas plásticas para el año 2025, un 50% para 2030, un 55% al 2040 y un 70% al 2050.
La discusión en Chile: de prohibir a regular
En Chile, esta discusión se está dando en el marco de la tramitación de un proyecto de ley que busca prohibir los plásticos de un solo uso, que ya fue aprobado por la Comisión de Medio Ambiente del Senado. Este proyecto actualmente recoge seis mociones parlamentarias previas que avanzaban en la misma línea en el Congreso, y que fueron refundidos en un solo texto que tiene como base principal una propuesta presentada por las ong’s Oceana y Plastics Ocean -junto a un grupo de parlamentarios de distintas bancadas- en mayo de 2019.
Inicialmente, este proyecto contemplaba la prohibición de las botellas plásticas (PET) de 500 cc (medio litro) o menos, y la incorporación de una figura nueva denominada “certificación de plásticos desechables”, lo que levantó críticas de la industria y de expertos en la materia. En el caso de las botellas, esto obedecía a que se trata de un producto con altas tasas de reciclaje, que ya está adecuadamente regulado en la Ley REP, y que además tracciona de forma importante a la industria del reciclaje. Y en cuanto a la certificación, los expertos señalaron que la certificación de “plásticos desechables” no existe en otra parte del mundo, y no se asegura en el texto un procedimiento claro para su determinación.
A esto se suma, argumentó la industria, que en Chile ingresan anualmente 10.000 toneladas de PET reciclado, cifra que equivale al 67% del PET reciclado localmente, por lo que prohibir las botellas PET hubiese traído como consecuencia la mayor importación de este producto y perjudicará la promoción del reciclaje, su consolidación como mercado y la correcta transición hacia una economía circular.
Finalmente, tras su discusión -en la que participaron múltiples actores- e incorporación de indicaciones, la Comisión de Medio Ambiente del Senado aprobó un proyecto de ley que sigue la misma línea de la directiva establecida por la Unión Europea: un mix de prohibiciones y regulaciones a los productos de un solo uso más problemáticos.
Así, de aprobarse la ley los locales de venta de alimentos no podrán entregar vasos, tazas, cubiertos, palillos, bombillas ni envases plásticos -entre otros- de un solo uso para el consumo dentro de este, y de incumplir esta norma se arriesgan a multas que pueden llegar hasta las 5 UTM (poco más de $250.000). Lo mismo regirá para el expendio de alimentos en dependencias públicas.
En el caso de la venta de alimentos para llevar, solo se podrán entregar en envases desechables si el cliente así lo pide expresamente, pero estos deberán ser de plásticos compuestos en su mayoría de origen renovable y diseñados para ser compostables en los domicilios.
Y respecto de las botellas desechables, se fijó una exigencia ambiental importante a este tipo de envases: deberán estar compuestas por un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país. Y con metas más ambiciosas que las europeas. Mientras la UE estableció un 25% de incorporación de material reciclado en las botellas de plástico para el año 2025, y de 30% para 2030, el proyecto aprobado fijó una meta de 25% de material reciclado en las botellas plásticas para el año 2025, un 50% para 2030, un 55% al 2040 y un 70% al 2050. Ahora será el turno de la Cámara de Diputados para avanzar -en segundo trámite- en esta regulación, en la cual la experiencia de la Unión Europa ofrece definiciones y lineamientos que vale la pena considerar.