Ley de Plásticos de un Solo Uso: ¿Desechables o reutilizables”
Sin duda, más allá de los plazos para dictar todas estas normas, que difícilmente estarán vigentes en los plazos legales, es preocupante la complejidad del sistema que se está creando, con gran cantidad de materias sujetas a la interpretación, lo que otorga mucha incertidumbre al sector regulado.
A partir de agosto de este año, los restaurantes y locales de venta de comida preparada no podrán seguir entregando para el consumo dentro del local productos de un solo uso, debiendo utilizarse solo productos reutilizables. Esta disposición, contenida en la Ley Nº21.368, mas conocida como Ley de Plásticos de un Solo Uso, está generando gran resistencia en la industria de alimentos, principalmente en las cadenas de comida rápida, al punto que existe un proyecto de ley en tramitación en el Senado para modificarla.
La discusión se centra en que la utilización de productos reutilizables, en reemplazo de los desechables, si bien generará una menor cantidad de residuos, causará otros impactos ambientales, como el consumo de agua para lavado y una mayor emisión de gases efecto invernadero. El proyecto de ley busca flexibilizar la normativa, en el sentido de permitir, además de los productos reutilizables, la utilización de productos de un solo uso de una materialidad distinta al plástico, como papel o cartón o plástico certificado compostable.
Por otro lado, se encuentra en consulta pública el Reglamento de esta Ley, que establece los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de certificados de plástico compostable tanto a nivel domiciliario como industrial. Llama la atención que la propuesta de Reglamento deberá ser complementada posteriormente por resoluciones tanto de la Superintendencia del Medio Ambiente, que especifique los requisitos para la certificación de los productos de plástico, como del Ministerio del Medio Ambiente, que defina los requisitos para la expresión gráfica de los rótulos de dichos productos. Sin duda, más allá de los plazos para dictar todas estas normas, que difícilmente estarán vigentes en los plazos legales, es preocupante la complejidad del sistema que se está creando, con gran cantidad de materias sujetas a la interpretación, lo que otorga mucha incertidumbre al sector regulado.
Adicionalmente, la implementación de la Ley de Plásticos de un Solo Uso viene a sumarse a la Ley REP, que recién en septiembre de 2023 entró en vigencia para el producto prioritario envases y embalajes. Así, los establecimientos de expendio de alimentos, además de tener que cumplir con metas de recuperación y valorización de los envases de bebestibles y comida preparada que comercializan, deberán ajustarse a las nuevas prohibiciones dirigidas a los productos de un solo uso, en particular de plásticos.
De acuerdo a lo anterior, parece razonable avanzar en el proyecto de ley propuesto o, al menos, establecer un período de transición, en que en una primera etapa los regulados puedan optar para el consumo dentro del local entre productos desechables o reutilizables.
En definitiva, más que seguir avanzando con prohibiciones, parece mas acertado profundizar políticas públicas basadas en instrumentos económicos, que establezcan incentivos y desincentivos, para que los regulados internalicen los impactos ambientales que sus actividades producen.