Comisión de Medio Ambiente avanza en aprobación de normas y apunta a nuevo modelo económico con mayor acción estatal en protección de la naturaleza y sus recursos
La Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Cnstitucional ha llevado a cabo cuatro sesiones de deliberación y votación en general de normas. Se han discutido, hasta ahora, 14 iniciativas de convencionales, de las cuales 10 han sido aprobadas y 4 rechazadas. La tendencia de lo aprobado apunta hacia la consagración de un nuevo modelo de desarrollo económico con una fuerte protección del medio ambiente y un rol activo del Estado en su cuidado.
La Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico marcó un hito dentro del desarrollo del proceso constituyente: fue la primera instancia en aprobar una norma en general en toda la Convención Constitucional. Dicha norma se refería a la consagración del derecho de la atmósfera en la nueva Constitución. El hito marca, además, una clara señal en torno a la relevancia de los temas medioambientales para la redacción del nuevo texto que —por cierto — cruza transversalmente el contenido de las siete comisiones temáticas, luego de que la Convención se declarara en emergencia ambiental y ecológica.
Dicha declaración de principios no ha quedado solo en eso, pues de forma evidente y con gran fuerza está llevándose al área de construcción de normas. Y en la comisión de Medio Ambiente ya hay una tendencia clara: establecer un mayor control del Estado en distintas materias productivas y económicas, con el objetivo de hacer prevalecer como principio esencial la protección del medio ambiente, los derechos de la naturaleza en sus más diversos ámbitos, y el respeto de los territorios y comunidades indígenas, entre otras garantías.
De este modo, los articulados que están sobre la mesa presentan un norte muy claro, con el objetivo de generar un texto constitucional que establezca las cuestiones medioambientales como algo central, consagrando un nuevo modelo de desarrollo económico que tenga al medio ambiente como un eje neurálgico. Dichos principios se ven reflejados en algunas intervenciones que se han dado en la etapa de deliberación y que -en su gran mayoría- buscan terminar con elementos del denominado sistema neoliberal, dando paso a un modelo con mayor control estatal, pero por sobre todo con un irrestricto respeto al medio ambiente.
Dentro de las normas discutidas hay dos que grafican la clara tendencia que muestra la Comisión (conformada por 19 convencionales) y que apuntan a esta nueva concepción de modelo económico que se pretende consagrar en la futura Carta Maga, y que corrieron distinta suerte. Se trata de normas que buscaban establecer principios rectores para el modelo de desarrollo económico: una —presentada por la derecha— buscaba proteger la libertad de emprendimiento e iniciativa empresarial con el concepto de desarrollo sustentable; la otra, buscaba establecer el deber primordial del Estado para la protección del medio ambiente dentro de la actividad económica.
La iniciativa de norma presentada por los convencionales Harry Jürgensen, Ruth Hurtado, Martín Arrau, Rodrigo Álvarez, Marcela Cubillos, Roberto Vega, Margarita Letelier, Rocío Cantuarias, Luis Mayol, Jorge Arancibia, Álvaro Jofré, Felipe Mena, Ricardo Neumann, Pollyana Rivera, y Geoconda Navarrete, que aspiraba a “Consagrar el derecho a la libre iniciativa económica y empresarial, y promover la libre competencia”, fue ampliamente rechazada por 15 votos en contra y 4 a favor.
Su objetivo era consagrar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, teniendo como límites la moral, el orden público, la seguridad nacional, el desarrollo sostenible, y que esta debía ser regulada por ley. Dentro del articulado se perseguía, además, limitar la acción de la actividad económica de acuerdo con el concepto de economía sustentable, aludiendo al respeto por el medio ambiente. El artículo rechazado expresaba: “La República de Chile reconoce y garantiza la Libertad Económica y la Libre Competencia. El Estado deberá regular materias económicas, con la finalidad última de promover un crecimiento equitativo y sustentable”.
En el tiempo de deliberación que tuvo la norma antes de ser votada (que duró alrededor de 20 minutos) se expusieron algunos argumentos para oponerse a la norma que marcaron claramente las líneas que marcan el debate. La convencional Bessy Gallardo (Lista del Apruebo), por ejemplo, argumentó que “la actividad económica debía tener un límite en la nueva Constitución, ya que la actual Constitución había sido escrita a sangre y fuego y que por eso había que cambiarla”. Mientras, la convencional Isabel Godoy (independiente) señaló: “Esto es más de lo mismo, es un reflejo de lo que tenemos hoy día y que hay que cambiar”. Por su parte, el convencional Jorge Abarca (Lista del Apruebo) dijo que “esta norma mantenía un modelo que la ciudadanía estaba esperando que cambiara en sus cimientos como es el neoliberalismo, un modelo que ha generado tanta inseguridad en el país”.
Si bien las normas rechazadas no pueden volver a ser presentadas, sí se puede insistir en sus contenidos en la etapa de presentación de indicaciones, la que se abrirá esta semana. En tanto, la otra norma presentada en discusión y que fue presentada —en su gran mayoría— por la llamada bancada Eco Constituyente (corriente mayoritaria al interior de la Comisión), fue aprobada sin mayores reparos por 15 votos a favor y 4 en contra, y se refiere al “Deber del Estado respecto a las actividades económicas y empresariales de los particulares.
La norma propone, según los argumentos expuestos, terminar con las desigualdades económicas, sociales y políticas establecidas con la instauración del modelo neoliberal en Chile. El diagnóstico, según se desarrolla en el texto, parte de la idea de que en Chile “la desigualdad ha sido un componente histórico de la estructura económica imperante en el país, no obstante, producto de la implementación de las reformas del consenso de Washington que expresaron el modelo neoliberal, se produce una profundización cada vez mayor de los niveles de desigualdad presentes en distintos ámbitos de la vida social y que afectan fuertemente a la gran mayoría de la población, que padece tratos discriminatorios dejándolos en una situación completamente vulnerable, pero además subordinada al poder dominante de la élite económica del país”.
Durante la primera semana de debate deliberativo se han visto posturas bastante graníticas respecto de los cambios que a juicio de los convencionales se deben hacer, y por lo mismo con poco espacio para equilibrar tendencias. Sin embargo, no se han escuchado argumentos que busquen acabar con todo tipo de actividad extractiva o productiva, pero sí hacia mayores restricciones a estas, las que además -plantean- se tienen que dejar por escrito en el nuevo texto constitucional.
Estado fuerte en control de recursos y protección ambiental
Esta norma —en su fondo, según expresaron sus autores, — busca cambiar el paradigma del modelo económico chileno, haciendo prevalecer nuevos principios, enfocados en el respeto hacia el medio ambiente en sus más diversas expresiones.
Así, plantea que el Estado reconocerá, respetará, protegerá y promoverá la organización económica comunitaria que comprende los sistemas de producción fundados en los principios del buen vivir. Además, señala que este debe garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los bienes naturales, e impulsar la producción con tecnologías limpias, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la diversidad productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la prevención, la recuperación y el fortalecimiento de las fuentes regeneradoras de los ciclos naturales, el equilibrio de los ecosistema y la preservación de la biodiversidad para el bienestar de las generaciones actuales y futuras.
En esa misma idea, indica que el Estado deberá garantizar también las condiciones para emprender actividades económicas y empresariales con el límite de las condiciones previstas en la Constitución y las leyes, “debiendo éstas ser establecidas en conformidad a la función social y ecológica de la propiedad y los derechos de los pueblos indígenas, la protección de los derechos humanos y de la Naturaleza, la seguridad e integridad del territorio del Estado y la salud pública”.
“El Estado -agrega- promoverá la desconcentración económica y la igualdad progresiva en el acceso y participación en los distintos mercados existentes en la economía. Los actos y actividades empresariales privadas que establezcan o tiendan a establecer monopolios, oligopolios, integraciones verticales, integraciones horizontales o abusos de posición dominante en alguna actividad o área económica, son contrarios a los principios de esta Constitución, y el Estado tendrá el deber de prevenirlos y de generar políticas que conduzcan a la desconcentración y al aseguramiento de condiciones de competencia efectiva en la economía en los sectores que permita la Constitución, a la promoción de formas de organización productiva y de propiedad social, solidarias y cooperativas, y a la protección de los derechos de las personas usuarias y consumidoras”.
Esto sigue la misma línea de otras normas similares discutidas en las comisiones de la Convención, como una que ya fue aprobada en general en la Comisión de Principios y que establece el “Deber del Estado y de toda persona proteger y conservar el medio ambiente y los bienes públicos. La destrucción, daño o menoscabo ambiental generará las responsabilidades que establezca la ley. Las actividades económicas que tengan efecto en el medio ambiente se sujetarán a las normativas medioambientales vigentes”.
Así, la tendencia a la cual se está orientando -por ahora- el debate constitucional transita hacia la consagración de nuevos principios medioambientales, con un fuerte rol del Estado, y estableciendo más exigencias a la actividad productiva para que ésta se ajuste al nuevo escenario de crisis climática por el que atraviesa el mundo entero.
Ese ha sido el tenor del debate deliberativo durante su primera semana, con posturas bastante graníticas respecto de los cambios que a juicio de los convencionales se deben hacer, y por lo mismo con poco espacio para equilibrar tendencias. Sin embargo, no se han escuchado argumentos que busquen acabar con todo tipo de actividad extractiva o productiva, pero sí hacia mayores restricciones a estas, las que además -plantean- se tienen que dejar por escrito en el nuevo texto constitucional.
Los nuevos derechos que asoman
Dentro de esta misma lógica, la comisión aprobó una serie de normas destinadas a la protección de diferentes elementos de la naturaleza, con el fin de otorgar protección constitucional a las montañas, los bosques, los ríos, y a la naturaleza en general. Dichas normas se orientan a establecer limitaciones a la actividad económica en vías del respeto a este nuevo catálogo de derechos que se pretenden consagrar constitucionalmente.
Por ejemplo, una norma ya aprobada en general dice relación a la consagración de los derechos de la naturaleza, de “las aguas en cualquiera de sus estados, el aire, las altas cumbres, las riberas de lagos y ríos, las playas y los bosques especialmente protegidos como bienes comunes públicos”. Esta norma busca consagrar constitucionalmente una serie de derechos de la naturaleza en distintas expresiones, y en donde cualquier otro tipo de actividad debe respetarlas.
Otra norma aprobada se refiere el derecho a la alimentación, basada en el concepto de soberanía alimentaria, que busca generar un sistema alimentario que se lleve a cabo en las comunidades, respetando los productos que se producen en ese determinado territorio y que se pretende sea consagrado como un derecho constitucional.
Todas estas normas han sido aprobadas en general, proceso que continuará desarrollando la comisión hasta el 8 de febrero. En esa fecha comenzará la votación en particular con todas las indicaciones que sean ingresadas, además de la incorporación de las iniciativas populares de norma que hayan conseguido las 15 mil firmas.
La norma establece que “la soberanía alimentaria es el derecho fundamental e inalienable de los pueblos a determinar libremente y poner en práctica sus propios sistemas alimentarios, así como a participar en los procesos de adopción de decisiones sobre la política alimentaria y el derecho a la alimentación, con el fin de proporcionar alimentos sanos, libres de contaminantes, diversos, nutritivos, culturalmente apropiados, suficientes, abundantes, accesibles y asequibles para todas y todos quienes habitan el país”.
“El Estado -agrega- asegura a sus agricultores, pueblos y comunidades, el derecho a la semilla que incluye el derecho de guardar, almacenar, transportar, intercambiar, dar, vender, reutilizar, conservar, mejorar y recuperar las semillas como parte del resguardo y conservación de la biodiversidad y del patrimonio genético del país, dando apoyo y fomentando los saberes campesinos y ancestrales que hacen eso posible”.
También se busca consagrar el derecho de acceso a las montañas a través de otra propuesta de norma, planteando que “la montaña no ha sido considerada como una entidad territorial con especificidad propia, faltando una definición de montaña que la saque solo del ámbito privado que ha hecho primar una perspectiva extractivista de senderos y montañas”.
La norma busca establecer constitucionalmente la “obligación del Estado de garantizar el derecho de acceso a la montaña, así como el derecho de uso de senderos ancestrales, promoviendo y asegurando la conservación, protección y restauración de ecosistemas, infraestructura asociada, sitios y recorridos de tránsito y uso ancestral e histórico, así como la educación en torno a ella, experienciación y la coordinación con actividades deportivas, culturales, patrimoniales y recreativas”.
La propuesta también establece que, en caso de impedimento o colisión de derechos, “el Estado velará prioritariamente por la protección de la biodiversidad y los ecosistemas de montaña, y por el ejercicio del derecho de uso con autocuidado y responsable con el entorno”. Y que en “en caso de actividades de desarrollo económico, estas tendrán que ser ecológicamente sustentables, resguardando el patrimonio natural, las funciones ecosistémicas y la cultura de las comunidades pertenecientes al territorio”, añade.
Tierras indígenas
Entre los principios que se están buscando consagrar para el nuevo modelo económico que se está proponiendo en la Comisión de Medio Ambiente, el tema de los territorios de los pueblos originarios también está presente. Así, una norma que se está viendo tanto en esta comisión como en la de Derechos Fundamentales busca otorgar constitucionalmente el “Derecho de los pueblos y naciones preexistentes a la tierra, territorio, recursos y bienes naturales”
Su objetivo es generar diferentes instancias constitucionales para la recuperación de tierras que se considera fueron ocupadas — ya sea por privados o por el propio Estado—, de parte de los pueblos originarios. La iniciativa se sustenta bajo el diagnóstico de que “el Estado de Chile ocupó militarmente los territorios de los pueblos y naciones preexistentes, los despojó y los redujo de manera ilegal e injusta a espacios que, en el caso del Pueblo Mapuche, significaron la pérdida del 95% del territorio histórico, mientras paralelamente fomentaba la ocupación extranjera mediante beneficios que al indígena eran negados”.
En lo que concierne a la Comisión de Medio Ambiente, se aprobó también una norma que establece la obligación constitucional del Gobierno de Chile para formar una comisión especial encargada de hacer un catastro y generar una propuesta para la devolución de territorios que se consideren históricamente usurpados. Dicha comisión tendría un plazo de cinco meses, una vez entrada en vigor, para llevar a cabo el catastro y una propuesta.
Una segunda arista del articulado aprobado se refiere a decretar la nulidad de pleno derecho “de todos aquellos permisos, autorizaciones o concesiones de exploración y explotación mineras, áridos, aguas, forestales, mega proyectos de generación eléctrica y cualesquiera otros del mismo tipo que recayeren sobre bienes naturales ubicados en estos territorios indígenas, siempre y cuando estas actividades se hayan efectuado sin autorización o consentimiento informado de las comunidades, mediante una consulta previa”.
¿Qué debiera ocurrir de aquí en adelante con estas propuestas? Todas estas normas han sido aprobadas en general, proceso que continuará desarrollando la comisión hasta el 8 de febrero, fecha en que comenzará la votación en particular con todas las indicaciones que sean ingresadas y, además, con la incorporación de las iniciativas populares de normas que hayan conseguido las 15 mil firmas, las que deberán ser deliberadas y votadas como cualquier norma ingresada por los convencionales.
Esta semana, se revisarán contenidos constitucionales, como nuevos derechos de la naturaleza, bienes naturales y recursos estratégicos, tratados de libre comercio, desarrollo rural, seguridad alimentaria, derechos de los animales, estatutos mineros, entre otros.