Cuatro años de la Ley REP: Algunos factores claves para su éxito
“Bien vale la pena preguntarse si en este caso la sola obligación de recuperación de los envases y embalajes, por parte del productor, será suficiente para el éxito de la ley. Personalmente creo que no. A mi juicio, se va a requerir del compromiso y el trabajo mancomunado con otros actores para que el sistema fluya correctamente. En tal sentido, el rol que juegan las personas, las municipalidades, gobiernos regionales y otras organizaciones resultan fundamentales como factores coadyuvantes para el logro de las metas de recuperación que disponga la autoridad”.
Con toda seguridad la Ley Nº 20.920 que establece el “Marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje” ha sido una de las normas legales medioambientales más relevantes de los últimos años.
Durante la anterior legislatura, siendo diputado integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, tuve la oportunidad de conocer, mejorar y aprobar el mencionado cuerpo legal. De aquel debate legislativo, recuerdo nítidamente el enorme grado de acuerdo y transversalidad política sobre la importancia de dotarnos como país de un instrumento de gestión económico – ambiental que hiciera realidad la premisa de disminuir la generación de residuos y en caso de no ser posible se reutilice, recicle o valorice. Prueba de lo anterior, es que la ley en comento tuvo una tramitación relativamente expedita en el Congreso Nacional (inferior a los tres años) incluyendo en el intermedio un cambio de gobierno.
A mi entender, el gran mérito de esta ley es que transforma el paradigma de la gestión de algunos de nuestros residuos, estableciendo incentivos para que el ciclo económico de la actividad pueda girar y se transite desde la voluntariedad a la obligatoriedad. Dicho aspecto se materializa en la obligación de recuperar, por parte de quien coloca en el mercado nacional, un porcentaje de los productos definidos en la ley como prioritarios. Con bastante razón se escucha y observa el aparente fracaso de la acciones e iniciativas tendientes a hacer posible el reciclaje en magnitudes relevantes. Tanto es así que se conocen estudios que indican que tratándose del plástico, durante el año recién pasado, la tasa de reciclaje fue solo de un 8% en el territorio nacional. La puesta en marcha de la ley debe colaborar a transformar esta realidad.
La ley REP establece diversas categorías de productos definidos como prioritarios, entre ellos los envases y embalajes. En este punto quisiera detenerme. Es probable que la regulación de estos, por su volumen y masividad, sean los que más impacto positivo generen en el diario vivir de la población. Durante mi labor de parlamentario, en los recorridos y reuniones barriales que sostuve, pude constatar que una de las principales preocupaciones de las personas está relacionada con la basura y su disposición. Por tanto, esta ley no puede ser vista como una entelequia, sino como la oportunidad cierta de instaurar un sistema que transforme en realidad el reciclaje y que permita de paso disminuir la generación de residuos.
En conexión con lo anterior, bien vale la pena preguntarse si en este caso la sola obligación de recuperación de los envases y embalajes, por parte del productor, será suficiente para el éxito de la ley. Personalmente creo que no. A mi juicio, se va a requerir del compromiso y el trabajo mancomunado con otros actores para que el sistema fluya correctamente. En tal sentido, el rol que juegan las personas, las municipalidades, gobiernos regionales y otras organizaciones resultan fundamentales como factores coadyuvantes para el logro de las metas de recuperación que disponga la autoridad. La posibilidad de establecer ordenanzas municipales, de promover la separación de residuos en los hogares, de facilitar la existencia de infraestructura para el acopio y separación, el desarrollo de políticas de información y educación ambiental constituyen algunas de las tareas fundamentales a la cual los municipios deberán ocuparse. Y, por sobre todo, debe ir acompañado de una ciudadania consciente y comprometida en estas tareas. En una relación virtuosa, se podría pensar que las municipalidades entreguen incentivos para aquellos barrios o poblaciones que demuestren un mayor compromiso y adhesión al reciclaje y a la separación en origen, mediante la realización de alguna obra de infraestructura anhelada o en el otorgamiento de prioridad en los servicios municipales.
En buena hora la existencia de esta nueva normativa, que constituye un paso gigantesco en materia de preservación y cuidado ambiental. Al mismo tiempo, ella trae consigo el desafío de no supeditar su éxito, única y exclusivamente, al mero cumplimiento de las obligaciones por parte de los sujetos obligados. Para hacerlo efectivo resulta vital contar con la colaboración de los entes públicos y de una ciudadania involucrada que actué con sentido de necesidad y urgencia.
Esperemos que así sea.