¿Qué temáticas ambientales deberían estar sobre la mesa en la discusión de una nueva Constitución?
Desde sus diferentes áreas de estudio, los expertos entregan su parecer respecto de qué aspectos medioambientales y de sustentabilidad deberían ser parte de la nueva Carta Fundamental que pronto se empezará a discutir como núcleo de las movilizaciones sociales que ya suman casi un mes. Sobresale, entre otros tópicos, en que el derecho al agua como bien de uso público debería estar consagrado en el nuevo texto, para propiciar un acceso mucho más equitativo al recurso hídrico.
La crisis social en Chile despertó la discusión por elaborar una nueva Constitución que responda, en términos generales, a las demandas de la ciudadanía. El Gobierno se abrió a la discusión mediante el mecanismo de Congreso Constituyente, algo que no satisface a la mayoría de la población. De acuerdo a la última encuesta Cadem, el 78 por ciento de los chilenos está a favor de una nueva Carta Fundamental, y el 54% a través de una Asamblea Constituyente.
En materia ambiental, el artículo 8 de la Constitución de 1980 resguarda el “derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”. Sin embargo, para muchos expertos, las leyes consecutivas no han aplicado este principio básico consagrado en la Carta Magna.
Es la visión de la directora ejecutiva de Chile Sustentable, Sara Larraín, para quien los derechos a vivir en un medioambiente libre de contaminación “tienen que ser reformulados” en la nueva Constitución. “Legalmente la aplicación de ese principio se basa en una norma que establece el Estado, y esa norma puede ser incluso no la que recomienda la OMS, sino una mucho más relajada. La consecuencia es que eso tiene un impacto en la salud, como ocurre en las zonas de sacrificio. La Constitución debería garantizar ese derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación con estándares de calidad internacionales”.
Algo similar cree el abogado Ezio Costa, director ejecutivo de la ong FIMA. Según él, el nuevo texto debería “integrar el medioambiente como un elemento del Estado, y que dentro de los principios del mismo esté la protección ambiental”. Esto significa, para Costa, que “la lógica económica que haya detrás de la Constitución debería basarse en desarrollo sustentable, que avance desde el extractivismo hacia el desarrollo sustentable”. Por lo mismo, el abogado piensa que el “medioambiente no debiese estar solo en un párrafo, sino que de manera transversal en distintas partes de la Constitución”.
Bárbara Saavedra, directora de Wildlife Conservation Society (WCS Chile), organización mundial dedicada a la conservación de la vida silvestre, también cree que “el bienestar de la sociedad depende de tener un ambiente sano” y que “esto debiese ser reconocido en la Constitución”. Para Saavedra, desde la organización que representa, “es importante que el tema de la biodiversidad también sea reconocido en la nueva Carta Magna, porque es un bien común. Los países tienen que automandatarse la tarea de mantener, mejorar, restaurar y hacer florecer la biodiversidad porque es la base más importante para generar bien común”.
Según el diputado Francisco Torrealba (RN), un aspecto que debería estar consagrado en la Constitución es el “derecho a deambular” o el “derecho al acceso a la naturaleza”, según él, estipulado en las cartas magnas de varios países escandinavos. “Muchos espacios naturales son privados al acceso público de los chilenos. Hace un tiempo presenté un proyecto de ley de acceso libre a la montaña. Este derecho debería estar dentro de la Constitución”, explica Torrealba, quien aclara que, siendo partidario de una nueva Carta Fundamental, “no es necesario escribirlo todo en la Constitución”, porque ésta “asegura derechos generales, pero todo lo demás debe quedar establecido en las leyes”.
Un elemento fundamental para Ezio Costa es que “el derecho de vivir en un ambiente sano tiene que ser asociado al disfrute de otros derechos, y que eso permita una defensa colectiva del medioambiente, entendiéndolo como un bien colectivo”. En otras palabras, explica el representante de FIMA, la nueva Carta Magna debería contemplar la idea de que para vivir en un ambiente libre de contaminación implica que el acceso a “aquellos bienes básicos para tener una vida adecuada: alimentación, agua, aire”. Y agrega: “El derecho a vivir en un ambiente sano debería tener integrado el derecho a la información, a la participación y el acceso a la justicia”.
En ese sentido, Sara Larraín, de Chile Sustentable, opina que la actual Constitución fraguada en dictadura no garantiza derechos medioambientales, y eso es tan grave, según ella, como el tema de las pensiones o el salario mínimo. “Tenemos a personas sometidas a condiciones medioambientales deplorables que atentan contra su vida. El Estado está manteniendo por décadas estas situaciones de saturación de las normas y no cumpliendo con los planes de descontaminación. La nueva Carta Magna debería planificar un nuevo ordenamiento territorial para prevenir que se superen las normas y no saturar las cuencas”, opina la ex candidata presidencial.
En tanto, la organización conservacionista World Wide Fund for Nature (WWF Chile) se encuentra recabando experiencias de otros países que han vivido cambios de Constitución recientes, y analizando qué aspectos ambientales han sido incorporados. Se han comunicado con oficinas de WWF locales para generar propuesta. Aunque aún dichas ideas no han sido elaboradas, “sí tenemos recomendaciones de qué aspectos o principios debieran cubrirse durante la discusión constitucional y que son los grandes temas a futuro”, dice Ricardo Bosshard, director de WWF Chile.
Bosshard considera, en primer lugar, que se debe mantener el principio del derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación y, además, “evaluar cómo este derecho constitucional ha funcionado en la realidad”. Ofrece también incorporar de alguna forma en el nuevo documento “el principio del respeto y la conservación de la naturaleza”.
Acceso equitativo a los bienes y derecho al agua
Para Bosshard, de WWF Chile, el acceso equitativo a los recursos naturales es un tópico esencial en la discusión de una nueva Carta Magna. “Vivimos en un planeta finito donde los recursos naturales son limitados. Debe estar presente en el debate la necesidad de disminuir la huella ecológico apuntar a un desarrollo de bajo impacto”, opina Bosshard.
Es una apreciación que comparte Sara Larraín, de Chile Sustentable. Ella opina que la nueva Constitución Política de la República debería “garantizar el acceso al patrimonio ambiental del país”, ya que “no hay niveles de equidad” en el uso de esos bienes. “Con ello estoy pensando en los glaciares, en los mares, el subsuelo, el aire y el agua, por ejemplo. Entender que los bienes públicos son propiedad de toda la nación, y si algunos los van a utilizar tienen que compensar a la nación, que es la propietaria. Definir cuál será el pago que los privados le entregarán al país”, comenta Larraín.
La directora ejecutiva de Chile Sustentable piensa que, considerando el anterior punto, el derecho al acceso al agua debería estar resguardado en el nuevo texto: “Debe establecerse el derecho humano al agua potable y al saneamiento para las actividades de subsistencia y eso tiene que ver con la protección de las fuentes de agua para permitir el cumplimiento de ese derecho”.
En el agua, agrega Larraín, “hay un sector que ha concentrado la propiedad de este recurso, y tienes a muchas zonas rurales con camiones aljibe. Hay que propender a un acceso equitativos al uso de estos bienes”.
El diputado Francisco Torrealba, sin embargo, no cree que la especificidad del derecho humano al agua deba ser incluido en la nueva Carta Fundamental. Él argumenta que el Código de Aguas ya define al agua como “un bien de uso público”, y que son las leyes, y no la Constitución, la que debe aplicar ese principio.
“El agua es propiedad del Estado, lo que pasa es que el Estado tiene el derecho a concesionarlo a un privado para su comercialización, por lo tanto, no hay que establecerlo en la Constitución. No creo que haya que escribir el Código de Aguas en la Constitución. Son las leyes las que deben estar alineadas con ese concepto de bien de uso público”, comenta Torrealba.
No obstante, Ricardo Bosshard, de WWF Chile, considera que “los recursos naturales, entre ellos el agua, así como la biodiversidad, nos parece que deben ser abordados desde la perspectiva de la protección del interés público, entendidos como bienes comunes y como bienes públicos que por definición ayudan a aumentar la equidad”.
Ezio Costa, de FIMA, concuerda con Bosshard en que hay que discutir el tema del derecho al agua en la Constitución, ya que la actual, dice Costa, “permite la privatización o propietarización del agua”. Por otro lado, agrega, “debe haber una interacción entre el derecho a vivir en un ambiente sano con la matriz económica de la Constitución. En la actual, lamentablemente, se pone a la protección del medioambiente como una cuestión secundaria, y como cuestión primaria se pone la extracción de los recursos naturales”.
El cambio climático en la Constitución
Bárbara Saavedra, de WCS Chile, cree que, aparte de resguardar la diversidad biológica, la Constitución debiera proteger el agua y los recursos naturales en general, de tal modo de responder a los desafíos de la crisis climática. “Con una naturaleza sana, tendremos la capacidad de ser más resilientes a los embistes de un mundo hipercaliente”, cree Saavedra. De todos modos, aclara ella, lo importante de la Constitución es “definir unos principios” y después de eso bajar esos principios a “todo lo que viene asociado como las leyes de la República”. Y agrega: “No es tarea de la Constitución hacerse cargo de cada unas de las cosas”.
Para la WWF, también representante del mundo de la conservación, el tema del cambio climático debiese ser discutida para aparecer en la nueva Carta Magna. Dice Ricardo Bosshard que el cambio climático “debería ser una variable presente en todas las políticas públicas y en la discusión de la Constitución para que el país contribuya a no superar los 1,5 grados de la temperatura global”.
Según Bosshard, “los principales aspectos de las Contribuciones Nacionales Determinadas (NDC) debiesen estar en la Nueva Constitución. El CR2 nos dijo que como Chile tenemos un presupuesto de carbón a emitir de 420 GtCO2, pero debemos ver cómo y quién los emitirá. Ojalá la nueva Constitución nos dé líneas y herramientas de cómo asumir este desafío”.