Un fallo histórico en la Justicia Climática: Klimaseniorinnen vs. Switzerland
“Ante el incumplimiento de sus metas pasadas y al no contar con un presupuesto de emisiones de carbono, el TEDH determinó que Suiza viola el derecho a la vida privada y vida familiar de sus ciudadanas. Además estableció que les negó el acceso a la justicia”


El reciente fallo del *Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)* en el caso *Klimaseniorinnen vs. Switzerland* marca un hito sin precedentes en la lucha legal contra el cambio climático. Este fallo no solo resuena en los pasillos judiciales y gubernamentales de Europa, sino que también podría establecer un estándar global para evaluar la (in)acción climática.
Es crucial destacar que es la primera vez que el TEDH acoge una demanda de esta naturaleza, marcando una diferencia notable con decisiones anteriores donde desestimó casos similares contra Francia y Portugal por cuestiones formales.
Con más de 2000 causas interpuestas globalmente, este fallo se suma a los juicios notorios y exitosos como los llevados a cabo en Colombia, donde la tutela obliga al Estado a tomar una larga lista de medidas e incluso a evaluar la inclusión del cambio climático en sus sistemas de Evaluación de Impacto Ambiental. O los casos en Holanda contra Shell y recientemente en Estrasburgo, contra Suiza.
La decisión del TEDH no solo tiene implicancias legales sino también sociales y políticas profundas. Se ha realizado una estandarización del análisis jurídico aplicado a casos de cambio climático, dividiéndolo en dos grandes categorías con cinco elementos de juicio específicos. Esto sienta un precedente doctrinario significativo que podría influir en futuras litigaciones. (VG: a. ¿Especifica un plazo para alcanzar carbono neutralidad? ¿Establece objetivos y rutas intermedias de mitigación?¿Provee de evidencia de cumplimiento? ¿Actualiza con debida diligencia sus metas de mitigación? ¿Actúa oportunamente y de forma apropiada y consistente?
Ante el incumplimiento de sus metas pasadas y al no contar con un presupuesto de emisiones de carbono, el TEDH determinó que Suiza viola el derecho a la vida privada y vida familiar de sus ciudadanas. Además estableció que les negó el acceso a la justicia.
En este contexto, es imposible ignorar las implicancias para países fuera de Europa, incluyendo Chile. ¿Los niveles de ambición en sus metas se condicen con la ciencia y el consenso político actual? ¿Toma medidas o acciones concretas para alcanzar esas metas?
Aunque nuestra normativa climática aún se encuentra en desarrollo y enfrenta desafíos significativos para su implementación efectiva (por ejemplo: aún no contamos con normas de emisión o medidas concretas para los sectores que emiten), el fallo del TEDH ofrece una oportunidad única para reflexionar sobre nuestras propias políticas y acciones frente al cambio climático. Aún más en el contexto de nuestros esfuerzos en el Acuerdo de Escazú sobre acceso a la justicia, participación e información ambiental.
La justicia climática (e intergeneracional) no es solo un concepto abstracto; es un imperativo legal y moral que exige acción concreta tanto de Estados como de empresas. El caso Klimaseniorinnen vs Switzerland nos recuerda que estamos ante un desafío global de alcance local que requiere de medidas alineadas con la ciencia y el consenso político global.
Andrés Pirazzoli es Abogado UCH, LLM de la University of Oregon, es socio fundador de Resilum, Resiliencia y Cumplimiento.