Los ECMPO y su eficacia para la conservación
“La finalidad de un ECMPO es resguardar los usos consuetudinarios de los pueblos originarios vinculados a la costa a fin de mantener las tradiciones, propendiendo al desarrollo y bienestar de dichos grupos”
Actualmente existen diversas categorías de AMP, como son los parques y reservas marinas y las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos (AMCP-MU). Adicionalmente, la ley de pesca creó otro instrumento innovador como son las áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos (AMERB), que si bien su principal objetivo es la explotación de los recursos bentónicos, al entregarle un área delimitada a un grupo de pescadores artesanales, ha demostrado importantes beneficios para la conservación de la biodiversidad costera marina y el uso sustentable de los recursos bentónicos, mejorando con ello su productividad. Pero en el año 2008 se dio un salto sustantivo en materia de conservación marina y reconocimiento de derechos consuetudinarios de pueblos indígenas, mediante la dictación de la ley Nº20.249 que crea el Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO).
La finalidad de un ECMPO es resguardar los usos consuetudinarios de los pueblos originarios vinculados a la costa a fin de mantener las tradiciones, propendiendo al desarrollo y bienestar de dichos grupos. Si bien es cierto, la piedra angular de los ECMPO es la protección de elementos culturales de significación colectiva para los pueblos indígenas como son los usos consuetudinarios, que son “prácticas o conductas habituales que se han reconocido colectivamente como manifestaciones de su cultura (usos pesqueros, religiosos, recreativos, y medicinales).” No es menos cierto que la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en que éstos se insertan constituye un elemento central. Tal es así, que como requisito fundamental para la aprobación y entrega de la administración de un espacio determinado, se le exige a una comunidad o asociación de comunidades indígenas beneficiarias, la presentación y aprobación de un plan de administración y de manejo, sin lo cual dicho espacio no puede ser otorgado. Y como si esto fuera poco, la misma ley establece como causal de terminación de un ECMPO, el incumplimiento del plan de manejo que haya afectado gravemente los recursos existentes en ellos. Es decir, el instrumento mismo tiene como objetivo la conservación de los recursos naturales, lo que se verifica a través de informes bianuales, cuyo incumplimiento puede generar el término del ECMPO.
En la práctica, de las más de 90 solicitudes de ECMPO que existen en la actualidad, un total de 75 tienen entre sus objetivos exclusivos la conservación marina. Es decir, cerca del 85% de la totalidad de las solicitudes de ECMPO a nivel nacional podrían constituirse como una figura prominente de conservación, totalmente implementada desde su primer año de funcionamiento. Con ello, se lograría una cobertura aproximada mayor a 21.000 km2 en la Patagonia. Así, creemos que los ECMPO son una nueva forma de gobernanza del borde costero y un tremendo aporte a la conservación marina de nuestro país y del mundo, que aportarán al cumplimiento de las metas comprometidas por Chile ante foros globales como la CBD o la CMNUCC.
Yohana Coñuecar Llancapani es dirigenta Asociación de Comunidades Indígenas Territorio Walaywe.