La importancia de mantener inalteradas las Áreas de Preservación Ecológica de la Región Metropolitana
“No es posible desarrollar proyectos de crecimiento urbano o de uso y aprovechamiento del medio ambiente en las Áreas de Preservación Ecológica, como se sugiere. Lo anterior es contrario a lo establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y desconoce el reconocimiento que la propia Contraloría General de la República ha otorgado a estas áreas de valor ambiental”.
Las Áreas de Preservación Ecológica de la Región Metropolitana corresponden a territorios que según la regulación vigente deben ser mantenidos en “estado natural” para asegurar y contribuir al equilibrio del medio ambiente y a la preservación del patrimonio ambiental. Se trata de sectores que están fuera del área urbana y que comprenden las zonas altas de las cuencas y microcuencas hidrográficas, los reservorios de agua y cauces naturales, las áreas de preservación del recurso nieve, las cumbres y los farellones, los enclaves de flora y refugios de fauna, así como también los componentes paisajísticos destacados.
En las Áreas de Preservación Ecológica de la Región Metropolitana sólo se permite la realización de actividades que aseguren la “permanencia de los valores naturales”, de modo que se restringe su uso exclusivamente a los fines científicos, culturales, educativos, recreacionales, deportivos y turísticos. Además, estos proyectos permitidos deben obtener una Resolución de Calificación Ambiental favorable, tal como lo ha confirmado la Contraloría General de la República, previo Estudio de Impacto Ambiental.
Hoy más que nunca, en razón del cambio climático y la grave situación de estrés hídrico del país, existe una fuerte necesidad de proteger estas áreas y de mantenerlas en estado inalterado, puesto que son sectores esenciales para el abastecimiento de agua de la región y para resguardar la flora y fauna nativa, las que proveen importantes servicios ecosistémicos a la ciudad más poblada del país.
Dado que la regulación de las Áreas de Preservación Ecológica está en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana (SEA) ha solicitado a la Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana (Seremi MINVU) que informe sobre el objeto de protección de las Áreas de Preservación Ecológica, con la finalidad de facilitar el análisis de los proyectos que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) o de aquellos respecto de los cuales sea consultada su pertinencia de ingreso.
Al respecto, el SEA advierte que la regulación establece que estas áreas tienen por objeto la “preservación” del patrimonio natural; esto es, la mantención de las condiciones ambientales mediante una protección estricta y excluyente del aprovechamiento de los bienes ambientales. Sin embargo, agrega que los instrumentos de planificación territorial no tienen por objeto preservar la naturaleza o establecer áreas de valor ambiental, sino que ordenar el desarrollo urbano del territorio, por lo que sugiere entender que estas áreas corresponden a sectores de transición entre lo urbano y natural, tratándose de territorios de “conservación”; esto es, de uso y aprovechamiento racionales del medio ambiente.
La Seremi MINVU, por su parte, ha derivado la consulta a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), sugiriendo considerar también que las Áreas de Preservación Ecológica constituyen áreas de “conservación” y no de “preservación”, cuyo propósito no es prohibir el crecimiento urbano, sino que el desarrollo de ciertos proyectos listados, “sin perjuicio de otros que permita la ley y no afecten el objeto de protección”.
Al respecto, es preocupante que se quiera interpretar que las Áreas de Preservación Ecológica no son para la “preservación” del “estado natural” de sectores como las zonas altas de las cuencas y las microcuencas hidrográficas, los reservorios de agua y los enclaves de flora y refugios de fauna, tan relevantes para el equilibrio hídrico y ecológico de la Región Metropolitana, en los cuales sólo está permitido realizar proyectos muy específicos que “aseguren la permanencia de los valores naturales”.
En este punto, surge la pregunta acerca de cuáles serían los proyectos que la Seremi MINVU sugiere podrían permitirse en estos sectores, más allá de los actualmente autorizados.
Sobre el particular, no es posible desarrollar proyectos de crecimiento urbano o de uso y aprovechamiento del medio ambiente en las Áreas de Preservación Ecológica, como se sugiere. Lo anterior es contrario a lo establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y desconoce el reconocimiento que la propia Contraloría General de la República ha otorgado a estas áreas de valor ambiental.