Tribunal Constitucional declara inadmisible recurso de pescadores
Ministros determinaron que las materias alegadas deben ser resueltas por tribunales ordinarios del fondo. Aún está pendiente un recurso de casación presentado por la ong Océana ante la Corte Suprema, que busca dejar sin efecto la resolución del Tribunal Ambiental de Antofagasta.
En un nuevo capítulo de la larga pugna por el proyecto minero Dominga, la Primera Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto en septiembre por la Asociación Gremial de Mariscadores y Pescadores de Los Choros, el que buscaba dejar sin efecto el fallo del Primer Tribunal de Antofagasta, que retrotrajo la evaluación del proyecto minero hasta la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo.
Entre sus fundamentos para la presentación del recurso, los pescadores -representados por los abogados Diego Lillo y Javiera Calisto- argumentaban que se habría infringido la Ley de Bases del Medio Ambiente ya que en uno de los artículos de esta normativa que se aplicó en el fallo del Tribunal Ambiental se señala que debía ser responsabilidad del SEA el considerar la existencia de una guía metodológica para evaluar el proyecto, pero que pese a que esta no existía se consideró suficiente la línea de base marina presentada por Andes Iron, titular del proyecto Dominga.
En ese sentido, en el escrito presentado por el abogado Diego Lillo, se señalaba que la protección de la garantía constitucional “estaría supeditada a la existencia de una guía que determine con mayor detalle la forma en que los proponentes de proyectos presentarán la línea de base de medio marino, que incluya los criterios de evaluación que empleará el órgano evaluador. La falta de dictación de la guía provocaría la desprotección del derecho constitucional a vivir en un medioambiente libre de contaminación, por lo que para la aplicación en autos del 81 letra d) de la Ley 19.300 sería contrario a la Constitución, al impedir garantizar tal derecho por los medios para ello dispuestos por el legislador”.
Sin embargo, el recurso fue desestimado por la Primera Sala del Tribunal Constitucional, integrada por los ministros Iván Aróstica (presidente), Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez y la ministra María Pía Silva.
Argumentos del TC
En los argumentos expuestos en su resolución, señalan que “no es admisible el efecto constitucional que le atribuyen los requirientes a la norma legal impugnada, siendo de agregar que las críticas que han dirigido contra el fallo señalado son materias a ser resueltas por los tribunales ordinarios del fondo y no por el Tribunal Constitucional”. Por tanto, señalan los ministros del TC, esta es una materia que corresponde resolver a los jueces de fondo, como la Corte Suprema.
Junto con ello, la resolución indica que “los actores construyen su requerimiento sobre la base de atribuirle un determinado efecto futuro al fallo del Primer Tribunal Ambiental, cual es que el Proyecto Dominga se sustraería en definitiva al proceso de evaluación de impacto ambiental que ordena la Ley N° 19.300, sobre bases del medio ambiente y, por eso, resultarían infringidos los artículos 1°, inciso cuarto, y 19, N° 8, de la Constitución, relativos al deber del Estado de asegurar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.
“Sin embargo -agrega inmediatamente la resolución- es lo cierto que la sentencia de dicho tribunal no aparece aprobando el Proyecto Dominga, ni dispone que éste haya de quedar sin evaluación ambiental. Su parte resolutiva IV únicamente ordena retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental a la etapa posterior al Informe Consolidado de Evaluación, de manera tal que se proceda a una nueva votación —esta vez ajustada a derecho- de parte de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo”.
El fallo fue visto como una triunfo para Dominga, ya que si el recurso se hubiese declarado admisible el análisis de fondo de la causa habría tardado cerca de 300 días en promedio, mientras el proyecto continúa paralizado. A esto se suma que habría retrasado aún más el proceso pendiente en la Corte Suprema, que el pasado 9 de agosto acogió a trámite un recurso de casación presentado por la ong Océana que busca dejar sin efecto la resolución del Tribunal Ambiental de Antofagasta.