A un paso de convertirse en ley: Qué implica el proyecto que regula la extracción de áridos en Chile
En una etapa clave se encuentra el proyecto de ley que regula la extracción de áridos, cuya promulgación debería ocurrir en la primera semana del próximo año. Se trata de una iniciativa que, por primera vez, regulará esta actividad estratégica, entregando así un marco normativo único que beneficiará a la economía, ecosistemas y comunidades. Para ahondar en los detalles de esta normativa, País Circular conversó con el senador del Partido Socialista, Alfonso De Urresti; con la ingeniera civil, Viviana Letelier; y con el coordinador del área hídrica del Ministerio de Obras Públicas, Carlos Estévez.
El proyecto que regula la extracción de áridos, correspondiente a los boletines n° 15.096-09 y 15.676-09, refundidos, quedó a un paso de convertirse en ley. Esto, luego de que el pasado 10 de diciembre, la Cámara Alta aprobara por unanimidad un informe, elaborado por una Comisión Mixta, que zanjó aspectos sobre los que hubo discrepancia entre el Senado y la Cámara de Diputados, al momento de la tramitación.
La iniciativa busca establecer un marco normativo general y único para la extracción de áridos en cauces naturales, no navegables por buques de más de 100 toneladas, y en su zona de regulación anexa. De este modo, el proyecto regula la extracción de áridos, el certificado de origen, la trazabilidad, las zonas de prohibición, la fiscalización y el plan de cierre en los lugares que sean determinados por la autoridad competente, entre otros ítems.
Alfonso De Urresti, presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Senado y quien destaca entre los autores del proyecto, señala que, tras ser aprobado el informe de la Comisión Mixta por el Senado, “la Cámara de Diputados debería votarlo el 5 de enero de 2026. Una vez aprobado ahí, solo restará su promulgación y publicación como ley. De esta forma, Chile contará por primera vez con un marco regulatorio claro y unificado para la extracción de áridos, un tema largamente postergado”.
Efectivamente, el país no contaba con una legislación actualizada sobre esta materia, lo que favorecía la dispersión de criterios y de organismos responsables al momento de entregar los permisos. Esto, además de existir un sistema muy débil de fiscalización.
“Durante años la extracción de áridos se abordó de forma fragmentada, donde diversas instituciones tenían competencia sobre el tema, sin una visión integral que, por ejemplo, considerara el impacto ambiental y territorial. Para esta nueva ley se dio un debate extenso, transversal y consensuado, que responde a una realidad y una necesidad esperada por largo tiempo”, asevera Alfonso De Urresti.
Viviana Letelier, directora del Departamento de Ingeniería en Obras Civiles de la Universidad de la Frontera (UFRO), destaca que, así como no hay una normativa actualizada, tampoco hay datos que permitan realizar un análisis exhaustivo sobre la utilización de áridos. “En la búsqueda de datos concretos de cuánto es el uso de áridos a nivel nacional, siempre nos quedamos con un panorama bien ambiguo. Porque solamente sabemos sobre extracción legal, sobre quienes declaran su extracción. Por lo tanto, cuando hablamos del volumen de áridos utilizados a nivel nacional, el dato real no existe”.
Respecto a la discusión en el Congreso, en tanto, hubo divergencias sobre tres artículos de este proyecto de ley. “Las principales diferencias se centraron en los plazos administrativos que se estaban considerando; en la distinción entre extracciones mecanizadas mayores y menores; y en la proporcionalidad de las sanciones. Esos fueron los principales puntos resueltos en la Comisión Mixta, acordando establecer procedimientos más ágiles para proyectos pequeños y reglas más claras para penalizar la extracción ilegal reiterada”, indica el senador del Partido Socialista.
En cuanto a la distinción entre extracciones mecanizadas mayores y menores, la regulación se ajustó a la escala real de la actividad. De este modo, la normativa clasificó la extracción mecanizada en dos categorías, según el volumen total en la vida útil del proyecto: Menor, hasta 30 mil m³; y mayor, superior a ese límite.

“Durante años la extracción de áridos se abordó de forma fragmentada, donde diversas instituciones tenían competencia sobre el tema, sin una visión integral que, por ejemplo, considerara el impacto ambiental y territorial”.
Ejes de la normativa
Según expone Alfonso De Urresti, este proyecto plantea medidas claras que ordenan una actividad históricamente desregulada, a través de puntos muy específicos. “Establece un procedimiento único de autorización para la actividad, con reglas para una trazabilidad que permita seguir su origen y destino. Además, define zonas de prohibición y regulación especial. También innova al crear un registro público de extracciones, fortaleciendo la fiscalización, estableciendo sanciones penales para casos graves o reiterados de ilegalidad. Esta normativa beneficia a pequeños, medianos y grandes operadores que desarrollan la actividad legalmente, protege comunidades y ecosistemas, y entrega por primera vez un marco normativo claro”, señala el parlamentario.
Carlos Estévez, coordinador del área hídrica del Ministerio de Obras Públicas, explica que la normativa regula la extracción de áridos en los cauces naturales, que son bienes nacionales de uso público y, complementariamente, en pozos lastreros que se encuentran en zonas de regulación anexa. “Esto, debido a que las fuentes de áridos son principalmente tres: las playas de ríos y lagos, por decirlo así; y los pozos lastreros, que están en predios privados, que funcionan con órganos regulatorios distintos. Entonces, lo que aquí se hace es regular íntegramente la extracción de áridos”.
“Si bien no íbamos a entrar en la extracción de áridos de pozos lastreros, porque son de propiedad privada, lo que hicimos fue buscar una excusa técnicamente razonable que era establecer, de los cauces de los ríos y lagos de las más altas crecidas, una faja de protección en la zona de regulación anexa; toda vez que, si ahí se hacen pozos profundos para extraer áridos, es muy probable tener una afectación hidrogeológica. Son 100 metros medidos desde las mayores crecidas”, expresa el abogado.
Por otro lado, este proyecto modifica la Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y actualiza las atribuciones técnicas de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) en esta materia. Además, se crea un procedimiento de aprobación estándar y unificado que consta de tres etapas.
Según detalla Carlos Estévez, “la primera etapa es solicitar al municipio factibilidad administrativa para hacer un proyecto en el lugar. Esto aplica para los áridos que se encuentran en los cauces de los ríos o de los lagos, porque son bienes de uso público. Si se tratara de un árido que está en un pozo lastrero, en una zona de regulación anexa, hay que ir directo a la DOH”.
“Pero la regla general es, factibilidad administrativa municipal; luego, una factibilidad de la DOH y procedimiento de habilitación técnica, en el que el solicitante queda técnicamente habilitado para extraer tal cantidad de áridos, con tal curva de extracción en el periodo que se determina, según sea el caso, con tantos volúmenes máximos, en este polígono, etcétera. Y una vez hecho eso, la tercera etapa es que la DOH notifica al titular, con copia a la municipalidad, va la persona, paga los derechos municipales y el municipio le da la autorización. Ese es el esquema”, aclara el también consultor en gobernanza y gestión del agua.
Además, el proyecto de ley crea un registro público, en la DOH, que sistematiza todos los datos referidos a las extracciones de áridos, solicitudes de transporte y definición de zonas de prohibición de extracción, entre otros puntos. Respecto a esas zonas, la DOH puede declararlas basándose en informes técnicos que indiquen que las extracciones pueden interferir en la dinámica hidráulica de los cauces o cuando la disponibilidad de áridos no sea suficiente.

“Si bien no íbamos a entrar en la extracción de áridos de pozos lastreros, porque son de propiedad privada, lo que hicimos fue buscar una excusa técnicamente razonable que era establecer, de los cauces de los ríos y lagos de las más altas crecidas, una faja de protección en la zona de regulación anexa”.
Trazabilidad y sanciones
Otro de los ejes clave del proyecto radica en la trazabilidad de las extracciones de áridos, que incluye trazabilidad y control del transporte de los áridos, así como de la comercialización de los mismos, entre otros ítems.
“Hay que contar con un certificado de origen, el cual estará registrado electrónicamente ante la DOH, en el que se indica cuántos áridos se van a extraer durante el día, cuántos camiones están saliendo, etcétera. Y si va un camión, se establecen facultades para que la policía o los inspectores, además de chequear el pesaje, puedan pedirle al conductor el certificado de extracción de áridos. Este es un cambio muy importante y que va a tardar, quizás, en socializarse y culturizarse. Pero, como la sanción va también al que conduce el camión ante un incumplimiento, se va forzando a que se avance en esta dirección”, destaca Carlos Estévez.
En cuanto a la trazabilidad, Viviana Letelier resalta que es uno de los puntos fundamentales. “La palabra clave aquí y que se utiliza, últimamente en varios términos dentro de la construcción, es la trazabilidad. La trazabilidad quiere decir que entendemos de dónde viene y hacia adónde va, y en qué se va a utilizar”.
“De ahí que sea súper importante porque, efectivamente conociendo la trazabilidad, vamos a ir identificando qué zonas están explotando y qué características tienen esos áridos. Por lo tanto, vamos a poder tener un mayor control de la calidad de los áridos, que nos van a permitir después utilizarlos en materiales que no nos generen problemas”.
“En estricto rigor, áridos siempre se han utilizado por los fabricantes de hormigones y de construcciones formales. Esa calidad del árido se tiene que garantizar. El tema es que hay todavía una gran cantidad de construcción ilegal y, de alguna forma, lo que tambien dice esta ley, es que un camión con árido tiene que tener un documento que diga de dónde viene y hacia dónde va”, resalta Viviana Letelier.
Luego, la fiscalización y sanciones por parte de la Dirección General de Aguas (DGA) es otro de los puntos relevantes de esta normativa. Según indica Carlos Estévez, “se le da autoridad a la Dirección General de Aguas para poder fiscalizar y sancionar incumplimientos, extracciones no autorizadas, o incumplimientos graves de las condiciones de extracción, como exceder volúmenes autorizados o realizar extracciones fuera de plazo. Esto, porque la DGA ya fiscaliza algunos temas vinculados con áridos, que se refieren a la intervención no autorizada en cauces”, explica el coordinador del área hídrica del Ministerio de Obras Públicas.
En tanto, respecto a los artículos que tipifican sanciones penales, la iniciativa introduce sanciones por falsificación de los documentos de trazabilidad y por extracciones ilegales. Este último punto, según aclara Carlos Estévez, aplica a extraer áridos sin permiso, con un permiso vencido o por traspasar el volumen establecido.
Según indica Alfonso De Urresti, “se aplicarán sanciones administrativas en primera instancia. En caso de reiteración, las penas podrán escalar a presidio en algún grado, según el volumen extraído y el daño causado”.
Por último, se define una ordenanza municipal tipo, con el objetivo de unificar los criterios. “Hasta ahora, como cada municipio tiene una ordenanza propia, si vas a extraer áridos en un polígono, y hay una parte del polígono que está en el municipio A y otra parte en el municipio B, A te pide tales cosas y B te pide otras”, señala Estévez. “Pero ahora, ahora cada municipio deberá adecuarse a esta ordenanza. Puede añadir algunas cosas, pero no eliminar la estructura principal de esta ordenanza, de manera tal que haya un sistema homogéneo”, agrega el abogado.
Contemplando todos los puntos sobre los que regula este proyecto de ley, Alfonso De Urresti señala que “uno de los principales desafíos en la implementación, será establecer canales de comunicación claros y funciones bien definidas para coordinar el trabajo de los municipios con las instituciones competentes: la Dirección de Obras Hidráulicas, la Dirección General de Aguas y las policías. El rol de la Brigada de Delitos Ambientales de la PDI (BIDEMA) resultará clave para el éxito de las investigaciones de terreno”.

“Hay todavía una gran cantidad de construcción ilegal y, de alguna forma, lo que tambien dice esta ley, es que un camión con árido tiene que tener un documento que diga de dónde viene y hacia dónde va”.
Consecuencias de la extracción ilegal de áridos y aporte de la legislación
Es un hecho constatado que las extracciones ilegales de áridos pueden provocar daños del álveo o cauce y cambios en su morfología, generando riesgos para la población, sus bienes e infraestructura ante crecidas.
Viviana Letelier señala al respecto que se generan bastantes complicaciones, producto de estas extracciones. “Hemos visto cómo cauces de ríos van cambiando su forma y que después van teniendo problemas en infraestructura, por ejemplo socavación de pilares de puentes, por un cambio en el volumen de los cauces o por causa de extracciones ríos arriba”.
“Por otra parte, están todos estos sectores en los que se extrae sin declaración. O sea, no solo a nivel de cauces de ríos, sino que también a nivel de terreno, que va generando un impacto sobre las zonas cultivables o los espacios aptos para otro tipo de uso. Y que, en este caso, se mal utilizan para la extracción de áridos”, añade la directora de proyectos I+D en valorización de residuos y economia circular en el área de la construcción.
Alfonso De Urresti, por su parte, comenta que “la extracción irregular de áridos daña cauces fluviales, erosiona riberas y afecta puentes y caminos. En 2018, en la Región de Los Lagos, el colapso del Puente Cancura sobre el río Rahue dejó un fallecido y seis heridos. La extracción ilegal y sin control de la arena y el ripio erosionó sus pilares, lo que era una actividad denunciada por vecinos durante años”.
“Una circunstancia de esas características puede ocurrir cuando no existe una normativa con procedimientos claros y límites de extracción. De ahí lo importante de esta ley que establece un marco de certificación de origen, trazabilidad y fiscalización activa de la actividad”, enfatiza el presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Senado.
Se trata, sin duda, de una normativa que será ley, dentro del gobierno del presidente Gabriel Boric y que significa un aporte relevante a la actividad económica del país.
Viviana Letelier comenta que, si bien la normativa llega tarde, “yo quiero ser optimista con esto, o sea, más vale tarde que nunca, en el sentido de que sabemos que, efectivamente, necesitábamos una normativa que obligara o que, de alguna forma, impulsara a que los usuarios de los áridos tuviesen que tener también una trazabilidad, entre otras obligaciones”.
De acuerdo a lo que explica la directora del Departamento de Ingeniería en Obras Civiles de la Universidad de la Frontera, “en el mundo de la construcción, en específico que es mi área, todavía se habla de cerca de un 70% de caminos que no están pavimentados. Y eso significa, por ejemplo, que se requiere gran cantidad de áridos para mantener esos caminos dentro de comunidades o caminos rurales”.
“Y desde el punto de vista de hormigones, los áridos son un 70% del volumen del hormigón, considerando que el hormigón es el material más utilizado nacional y mundialmente dentro de la construcción. Entonces, cuando hablamos del uso de áridos en Chile, los volúmenes en realidad son grandes”.
Por su parte, en cuanto al valor de esta normativa, Alfonso De Urresti asevera que “esta ley es un aporte de gran valor para Chile, al formalizar por primera vez una actividad estratégica que genera empleo y sustenta la cadena productiva de la construcción, desde obras residenciales a pequeña escala hasta megaproyectos como carreteras y puertos”.
“Es también un paso firme hacia un desarrollo sostenible, que une crecimiento económico con protección ambiental, otorgando certeza jurídica mediante reglas claras que permiten la actividad y establecen estrictos estándares de conservación, como el resguardo de zonas protegidas, estudios de impacto ambiental obligatorios y planes de restauración de áreas afectadas”, añade el parlamentario.

“La extracción irregular de áridos daña cauces fluviales, erosiona riberas y afecta puentes y caminos. En 2018, en la Región de Los Lagos, el colapso del Puente Cancura sobre el río Rahue dejó un fallecido y seis heridos. La extracción ilegal y sin control de la arena y el ripio erosionó sus pilares, lo que era una actividad denunciada por vecinos durante años”.







