Aunque ya estaba en carpeta desde antes, el proyecto de ley que modifica el Código Penal para crear y sancionar el delito de ecocidio cobró más fuerza tras la divulgación del último informe del IPCC que fue comentario obligado por las duras conclusiones que arrojó. Así al menos lo reconoce el presidente de la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados, Ricardo Celis, quien además es patrocinante de esta iniciativa de ley creada por los diputados Raúl Soto y Cristina Girardi.
“El IPCC fue fundamental para acelerar este proyecto de ley, aunque había una conversación previa”, dice Celis, quien reconoce que el documento del panel de expertos “fue el gatillante para tratar en tema como una urgencia”.
El proyecto ingresó en primer trámite constitucional a la Cámara Baja el 18 de agosto pasado, para al día siguiente pasar a la Comisión de Medio Ambiente presidida por Celis. En lo sustancial, el proyecto define al ecocidio como “cualquier omisión o acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medioambiente”, se lee en uno de los artículos propuestos.
En esa línea, quienes cometieran el delito de ecocidio tipificado en la ley “será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día hasta 5 años) y una multa de 900 a 9.000 unidades tributarias mensuales (aproximadamente entre $4.500.000 y $47.300.000)”. Aquí cabe dentro de la responsabilidad al autor, cómplice o encubridor del ecocidio. Dentro de quien es considerado autor del delito, se señala a los titulares de proyectos o actividades que provoquen el año. En cuanto a las personas jurídicas, los responsables son los representantes legales.
“El diputado Raúl Soto nos invitó a patrocinar el proyecto y me parece pertinente hacerlo porque los empresarios en este país terminan con clases de ética, son funcionarios o gerentes de una empresa que lucran con los desastres ambientales y están libres de polvo y paja. Entonces es importante generar este delito de los autores materiales e intelectuales del delito de ecocidio y haya penas efectivas. Me parece un tremendo avance, porque las empresas no van a poder simplemente poner las multas dentro de los costos”, dice por su parte el diputado Félix González, quien respalda el proyecto de ley de Soto y Girardi.
Otro punto importante que aborda la iniciativa de ley es la implicancia que tiene el “acto y omisión arbitraria” al que refiere el artículo anterior, y tiene que ver con la “carencia de razonabilidad en el actuar u omitir; falta de proporción entre los motivos y el fin a alcanzar; ausencia de ajuste entre los medios empleados y el objetivo a obtener, o aun la inexistencia de los hechos que fundamentan un actuar, cuando pugnen contra la lógica y la recta razón”.