Reforma a la Ley de Pesca exigirá a titulares de concesiones medidas para evitar el desecho de depósitos
La ley 21.410 indica que una infracción a la ley será sancionada con la suspensión de operaciones por dos años.
El jueves 27 de enero fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.410, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura con el objetivo de exigir a los titulares de concesiones de acuicultura medidas para evitar o reducir el depósito de desechos inorgánicos y orgánicos.
El documento señala que en el caso de que sea registrada la existencia de desechos inorgánicos en la concesión, “deberán realizar en el plazo de seis meses los trabajos de limpieza, sin perjuicio de las sanciones que sean procedentes”.
Y agrega que “los desechos inorgánicos se deberán transportar y disponer con los medios y en los lugares autorizados por la normativa vigente”.
Además, la ley advierte que, si se cometiera una infracción, el titular “será sancionado con la suspensión de operaciones por el plazo de dos años contado desde la fecha de la resolución que la impone, o del vencimiento de los plazos para interponer recursos administrativos contra ella, o una vez rechazados estos recursos, según corresponda”.
Mientras que “en caso de que el infractor no hubiese retirado en el plazo de seis meses los desechos inorgánicos conforme lo señalado en el artículo 74 bis, la sanción se duplicará”.
La ley, que entrará en vigencia en el plazo de dos años, fue iniciada por los diputados Gabriel Ascencio, Alejandro Bernales, Jorge Brito, Fidel Espinoza, Javier Hernández, Daniel Núñez, Luis Rocafull, Alejandro Santana, Gabriel Silber y Jaime Tohá.