Rebajar los plazos de recolección y valorización: la principal observación de la industria sobre el anteproyecto del decreto de metas de pilas y residuos de artículos eléctricos y electrónicos
Los principales gremios afectos al anteproyecto elaborado por el Ministerio de Medio Ambiente, cuyo proceso de consulta ciudadana finalizó hace menos de un mes, volcaron sus sugerencias hacia reevaluar las metas de recolección y valorización de pilas y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (establecidas a un 45 por ciento en un plazo de 10 años), al no haber aún infraestructura solvente para tal propósito.


El pasado 13 de mayo finalizó el plazo para ingresar observaciones mediante consulta ciudadana sobre el anteproyecto que decreto supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de pilas y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), en el marco de la Ley REP.
El proceso se había iniciado en junio de 2021 cuando el Ministerio del Medio Ambiente decidió poner fin al proceso de regulación por separado de las pilas y, en cambio, fusionar estos productos en un solo decreto con los aparatos eléctricos y electrónicos.
Lo más sustantivo del anteproyecto tiene que ver con las metas para el sector: el reciclaje de un 45 por ciento de AEE y pilas que circulan en el mercado en un plazo de 10 años desde que entra en vigor la normativa. Naturalmente, el proceso será gradual, partiendo el primer año de vigencia con un 3 por ciento hasta subir a un 5% el segundo, a un 8% el tercero, 12% el cuarto y así sucesivamente hasta el décimo año señalado. Hay contemplada una meta separada para los llamados “aparatos de intercambio de temperatura” (equipos refrigerantes, aire acondicionado o radiadores”), que se iniciará con una meta de 6 por ciento recién al tercer año desde la entrada en vigencia de la norma, hasta alcanzar un 30 por ciento el décimo año de aplicación.
El anteproyecto dictamina que hay un total de 17.000 empresas afectas a la regulación en el sector de aparatos eléctricos y electrónicos, mientras que en el sector pilas la norma incumbe a cerca de 3.500 empresas.
Además, en la propuesta nacida desde el MMA con otros actores, se mantiene lo esencial de los decretos anteriores para otros productos prioritarios de la Ley REP. Se mantiene, en el artículo 10 del párrafo 2 del título I, el incentivo a la creación de grandes sistemas colectivos de gestión de residuos (GRANSIC), arguyendo que los sistemas individuales son solo con los residuos de productos que ellos mismos introducen en el mercado. Los GRANSIC, adicionalmente, tienen la obligación de estar constituidos por menos de 20 productores no relacionados.
En otros artículos del anteproyecto sometido a consulta ciudadana, destacan las disposiciones específicas para los residuos de artículos eléctricos y electrónicos. Se exige que las pilas que se importen a Chile cumplan con los estándares de la Unión Europea, y los locales que tienen tres cajas o más de pilas para vender, tendrán que recibirlas de forma gratuita. Evidentemente la idea es generar una cultura en las personas de llevar las pilas a distintos locales como parte de su cotidianidad.
Cuando el decreto entre en vigencia, agrega el documento, los comercializadores de pilas y AEE estarán obligados a recibir sin costo, de parte de los clientes y en el mismo recinto, una cantidad de estos residuos igual a la cantidad de pilas y AEE que hayan adquirido. Si alguien compra un secador de pelo en una tienda, por ejemplo, puede ir a dejar la que está en desuso de forma gratuita. Con respecto a los aparatos grandes, cuya dimensión exterior supera los 50 centímetros, los comercializadores deberán retirar sin costo para el consumidor una cantidad de residuos equivalentes al aparato que se le haya despachado.
Respecto del sistema de recolección, éste funcionará de manera muy parecida al decreto de la Ley REP sobre envases y embalajes. El anteproyecto señala que los GRANSIC deberán instalar y operar infraestructuras de recepción y almacenamiento de pilas y AEE en cada una de las capitales regionales y en comunas que tengan una población superior a 150.000 habitantes. En tanto, en cuanto a la recolección domiciliaria, se deberá efectuar dos veces al año al menos. El quinto año de aplicación del decreto se debería llegar a una cobertura de hasta el 80 por ciento de las casas, mientras que el primer año la cifra se debería empinar al 10 por ciento.

“Se recomienda efectuar un ajuste en la temporalidad en las metas, basado en el principio de gradualidad y experiencia comparada”.
Metas menos ambiciosas
Dentro de las observaciones planteadas por los gremios afectos a la Ley REP, en lo que respecta a pilas y AEE, son mayoritarias aquellas que critican el plazo estipulado para las metas. Las organizaciones de la industria señalan que los plazos son muy ambiciosos habida cuenta de la escasa infraestructura con que cuenta Chile para cumplir los objetivos trazados de aquí a 10 años más.
Una de las principales críticas que deslizó la Cámara Chilena Norteamericana de Comercio (AmCham) fue respecto del artículo 10 del párrafo 2 sobre los sistemas de gestión. Al respecto, y sobre la conformación de los sistemas individuales y colectivos conformados por menos de 20 productores, AmCham sugirió “revisar la limitación impuesta” y “justificar el número de corte de 20 productores”. Dicen que “se sugiere revisar el fundamento práctico de la norma y reevaluar su conveniencia para la efectividad de la responsabilidad extendida del productor o considerar un menor número de productores”.
Asimismo, respecto del artículo 20 sobre metas de recolección y valorización, Amcham recomendó revisarlas, toda vez que “en Chile la capacidad instalada de valorización es incipiente y escasamente desarrollada”. La red, que agrupa a más de 440 empresas, argumentó que, según la experiencia comparada, “las metas propuestas por Chile son bastante ambiciosas”, y que se requiere metas “progresivas en el tiempo, en correspondencia con el principio de gradualidad incorporado en la Ley REP”. Citaron como ejemplo que países de la Unión Europea valorizan menos del 40 por ciento de los residuos de AEE, siendo que llevan más de 20 años con leyes de responsabilidad extendida del productor. “Se recomienda efectuar un ajuste en la temporalidad en las metas, basado en el principio de gradualidad y experiencia comparada”, dicen en Ancham, para lo cual sugieren no tener metas asociadas obligatorias los dos primeros años desde la entrada en vigor del decreto. “Esto permitiría por un lado estudiar la generación real de residuos de artículos eléctricos y electrónicos en Chile y, por otro, evaluar la verdadera capacidad instalada de valorización”.
Es la misma percepción que tiene Entel, empresa de telecomunicaciones afecta, por supuesto, a este anteproyecto de decreto, por la característica de sus productos. La empresa considera que, según el contexto de recolección y valorización del ecosistema chileno, “las metas son elevadas”. Citó datos de un estudio del MMA y Fundación Chile que arrojó que solo el 3,4 por ciento de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos son tratados, lo que corresponde a 320 gramos por habitante. En concordancia con AnCham, Entel también encuentra necesario “reevaluar las metas propuesta considerando la vida útil de los aparatos eléctricos, electrónicos y pilas. Creemos que es adecuado separar o diferenciar las metas de las pilas de la de los aparatos eléctricos y electrónicos, por el ciclo de vida de cada uno de ellos”.
La Cámara de Comercio de Santiago (CCS) fue otra asociación gremial que ingresó a la consulta ciudadana para dar a conocer su parecer respecto del anteproyecto. Coinciden con las dos anteriores observaciones en relación con “disminuir las metas de recolección y valorización, eliminando la tendencia exponencial”. También sugieren “incorporar el concepto de vida útil utilizando el ejemplo de la UE de considerar para los productos puestos en el mercado el promedio de los tres años anteriores al que se imputa la meta”.
También apuntaron como necesario “incluir un mecanismo de observación, a través de la conformación de un Comité Técnico de Seguimiento para la implementación de la REP de RAEE, conformado por representantes de la autoridad, de los productores regulados por la norma y expertos técnicos en la materia”.
La exclusión de los paneles
Otro de los tópicos abordados en las observaciones fue la exclusión de los paneles fotovoltaicos como producto sujeto a las metas de recolección y valorización del decreto. Fue el caso de la Fundación Chile, que considera necesario “incentivar la valorización de los materiales recuperables” de los paneles fotovoltaicos, toda vez que los 12,5 millones de módulos instalados (a 2020) contienen casi 250.000 toneladas de vidrio y cerca de 30.000 toneladas de aluminio.
“No imponerles metas deja sin responsables a la gestión ambientalmente racional de los componentes peligrosos que contienen los paneles fotovoltaicos. Sumado a lo anterior, se ha evidenciado que varios paneles presentan fallas y su vida útil se acorta a la estimada”, escribieron en Fundación Chile.
Del mismo modo, en la empresa Enel también clamó por incorporar a los paneles dentro del anteproyecto de decreto. Arguyen que en el caso de paneles fotovoltaicos que hayan disminuido su capacidad de captar energía solar, se puede realizar un recambio y obtener un residuo de dicho panel. Ese panel puede ser reutilizado en otra actividad que no requiera ese nivel de captación de energía solar e, incluso, ser utilizado como fuente de energía eléctrica de comunidades.
En otro tipo de comentarios, Fundación Chile sugirió diferenciar las metas de recolección y las de valorización, ya que “no se puede asumir que todo lo recolectado será valorizado”. Esto, porque los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos contienen un porcentaje pequeño de sustancias peligrosos o componentes con estas sustancias que no se pueden valorizar.
La Cámara de Comercio de Santiago, en tanto, también se manifestó en contra de la exclusión de los paneles fotovoltaicos. “Se considera positivo que no se hagan exclusiones de tamaño de las empresas, pero no se comprende la exclusión de pilas grandes y paneles fotovoltaicos. Se sugiere fundamentar en los considerandos del anteproyecto”.
Por último, Entel hizo hincapié en que la autoridad competente pueda dictar un nuevo cuerpo normativo en que pilas y residuos de AEE se regulen de forma separada. “La Ley REP al establecer las pilas y los aparatos electrónicos y eléctricos como residuos separados tiene como objetivo regularlos por medio de decretos diferentes en los que se puedan establecer normas acordes a la realidad de cada uno de los residuos. Lo anterior repercute de forma directa en los porcentajes de las metas de cada residuo. Por lo mismo es que resulta necesario que estos residuos sean ponderados por separado al momento de fijar las metas para así reflejar la realidad de cada uno de los mercados”, cierra la explicación de Entel.