Corte de Santiago rechazó recurso de protección de SNA contra resoluciones de Contraloría y Conaf
Se trata de una acción que había interpuesto la SNA tras medidas adoptadas por la Conaf y la CGR, que pusieron fin a las autorizaciones de planes de manejo de bosque nativo para habilitar terrenos con fines agrícolas. Todo comenzó el 16 de marzo de 2020 cuando la CGR emitió el Dictamen 6271 que ponía fin a estas prácticas en los suelos y tras lo cual Conaf dictó una resolución para aplicar esta sentencia. Esta situación no dejó exenta a la SNA por lo que la entidad decidió establecer el recurso de protección a la Corte de Apelaciones de Santiago, el que finalmente fue descartado.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) en contra de las resoluciones de la Contraloría General de la República (CGR) y de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), que pusieron fin a las autorizaciones de planes de manejo de bosque nativo para posteriormente, habilitar terrenos con fines agrícolas.
En síntesis, la entidad jurídica concluyó que: “de la interpretación sistémica de la normativa forestal, es posible determinar que resulta incompatible autorizar un manejo de corta de bosque nativo para la recuperación de terrenos con fines agrícolas, por cuando dicho permiso no cumple con el objeto de proteger, recuperar y mejorar el aludido bosque para asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental”, todo esto en el marco de la ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo, explica la sentencia.
Origen de la causa
Esta veredicto, tuvo su origen en el Dictamen 6271 emanado por la CGR, el cual puso término al derecho de los agricultores para habilitar suelos con fines agrícolas en determinados terrenos, mediante planes de manejo aprobados por la CONAF.
De esta forma, cabe señalar, que el pasado 16 de marzo la CGR emitió el Dictamen 6271, tras lo cual, CONAF aplicó la resolución 203-2020 que establecía: “instrúyase el término de los procedimientos de ingreso de solicitudes de planes de manejo de corta de bosque nativo para recuperación de terrenos con fines agrícolas”. Es decir, la CONAF ya no podría autorizar la afectación de vegetación nativa, bajo determinadas condiciones, para que posteriormente el suelo en cuestión fuera empleado en industria de agricultura.
Fue ante esta situación que la SNA interpuso el recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, entidad que finalmente descartó la acción judicial.
Parte de la argumentación efectuada por la SNA pone énfasis en el aporte de los agricultores al desarrollo económico del país y en la habilitación de terrenos improductivos, cuya finalidad no es “cortar bosques nativos, sino plantar especies alimenticias generadora de riquezas, limpiando suelos sin valor ambiental, económico o paisajístico”. También, la mencionada agrupación, señala que: “se advirtió una corriente ´ecologista profunda´ que pretendía evitar la corta de toda clase de vegetales, aunque ello implicara frenar el desarrollo agrícola”.
Además, agrega la SNA en el texto oficial, es en este contexto donde: “se erige la arbitrariedad e ilegalidad de las recurridas, en tanto sus decisiones conllevan la paralización de una actividad productiva de vital importancia para miles de trabajadores y fuente de riqueza para el país, en atención a que las solicitudes de aprobación de planes de manejo para la recuperación y habilitación de suelos para la agricultura (más de 10.000 hectáreas) que se encuentran pendientes en la CONAF quedarían detenidas o anuladas en virtud de los actos recurridos”.
Con todo, la SNA aún posee 5 días hábiles para recurrir a una nueva instancia, que es la Corte Suprema y continuar el proceso legal.