Fiscalización de la SMA privilegiará a los Sistemas de Gestión que tuvieron complicaciones en la elaboración de sus reportes
Hace pocos días fue publicado el programa de fiscalización mediante el cual la Superintendencia del Medio Ambiente verificará el cumplimiento de las metas de la Ley REP en el primer año de su implementación para dos de los productos prioritarios: neumáticos fuera de uso, y envases y embalajes. La Superintendenta Marie Claude Plumer explicó a País Circular que la cantidad de fiscalizaciones a realizar se definió sobre la base de los recursos con los que cuenta la institución para este propósito, y que se realizarán mediante la revisión documental de los datos reportados.


Un nuevo hito de la Ley REP se concretará este 2025: la fiscalización del cumplimiento de metas y obligaciones para el primer año de implementación de los dos productos prioritarios cuyos reglamentos comenzaron a regir plenamente en 2023: neumáticos fuera de uso (NFU) y envases y embalajes (EyE). Para este efecto, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ya determinó cuál será el programa de fiscalización ambiental de los Sistemas de Gestión afectos a la ley, que fue publicado en el Diario Oficial hace dos semanas mediante la Resolución Exenta N°594 del Ministerio del Medio Ambiente.
Según indica el documento, serán 7 fiscalizaciones, para las cuales se cuenta con un presupuesto de $41.574.006. En conversación con País Circular, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que “la definición del número de fiscalizaciones programadas responde a los recursos con los que cuenta la institución para llevar adelante la potestad fiscalizadora”.
Asimismo, detalló que “cada fiscalización ambiental se efectúa sobre una Unidad Fiscalizable, esto es, específicamente al Sistema de Gestión”.
“Lo anterior no impide la ejecución de fiscalizaciones ambientales no programadas, por denuncias o de oficio, que sin duda vienen a incrementar el número de actividades efectuadas y que orientan la necesidad de actividades de fiscalización”, subrayó la autoridad.
Consultada sobre la posibilidad de que la SMA reciba denuncias o autodenuncias, considerando que es una ley que recién se está implementando, Marie Claude Plumer señaló que “siempre es esperable”.
“Tanto la denuncia e incluso una autodenuncia, son herramientas que pueden ser utilizadas por la comunidad y los mismos regulados, y que permiten a la Superintendencia ir verificando el cumplimiento de la normativa REP. Lo anterior cobra especial relevancia para la identificación de eventuales elusores a la ley”, comentó la abogada de la Universidad de Chile.

“La actividad de fiscalización ambiental consistirá en hacer una revisión documental de los datos reportados, con sus correspondientes medios de verificación y su debida certificación”.
Informes finales
Cabe recordar que la Ley Nº 20.920 que “establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje” define seis productos prioritarios para los cuales sus productores -según la definición de la ley- deben garantizar que serán recolectados y valorizados una vez que cumplan su vida útil. Se trata de neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, aparatos eléctricos y electrónicos, pilas, y baterías.
Para todos ellos corresponde que mediante un reglamento, dictado por decreto, se fijen las metas de recolección y valorización, así como otras obligaciones. En el caso de NFU, el Decreto Supremo N°8 del MMA entró en total vigencia en enero de 2023, fecha en la cual comenzaron a regir las metas. En el caso de EyE, esto ocurrió en septiembre de ese mismo año, para el Decreto Supremo N°12.
Entonces, 2023 fue el primer año de vigencia en ambos casos y los Sistemas de Gestión (individuales y colectivos) creados en el marco de esta ley, entregaron a la SMA sus reportes de cumplimiento en mayo de 2024. Dicha información es la que será revisada con mayor profundidad en el marco del programa de fiscalización definido para este año por la Superintendencia.
Al respecto, Marie Claude Plumer comentó que “el programa de fiscalización de la Ley REP, para el año 2025, se ha definido a partir de lineamientos institucionales relacionados con priorizar la revisión de aquellos Informes Finales ingresados por los Sistemas de Gestión a la SMA durante el año 2024, con objeto de reportar el cumplimiento de metas de recolección y valorización de residuos de productos prioritarios del año 2023, con relación a los productos ingresados al mercado nacional el 2022”.
“En la elaboración del programa de fiscalización se ha tenido una mirada estratégica, que apunta a privilegiar aquellos Sistemas de Gestión que han tenido complicaciones en la elaboración de sus reportes, tales como la forma en que se deben presentar los datos de sus operaciones; el uso de la herramienta computacional que se ha dispuesto para ello; y, la interpretación de la normativa aplicable”, añadió la Superintendenta del Medio Ambiente.
“Tanto la denuncia e incluso una autodenuncia, son herramientas que pueden ser utilizadas por la comunidad y los mismos regulados, y que permiten a la Superintendencia ir verificando el cumplimiento de la normativa REP. Lo anterior cobra especial relevancia para la identificación de eventuales elusores a la ley”.

La fiscalización
Por otra parte, Marie Claude Plumer detalló que “la fiscalización ambiental tendrá como objetivo verificar el cumplimiento de las metas de recolección y valorización de residuos de los productos prioritarios envases y embalajes y neumáticos, efectuadas por el Sistema de Gestión”.
Consultada sobre más detalles, añadió que “en específico, la actividad de fiscalización ambiental consistirá en hacer una revisión documental de los datos reportados, con sus correspondientes medios de verificación y su debida certificación, que en su conjunto permiten verificar el cumplimiento normativo”.
Del mismo modo la máxima autoridad de la SMA reiteró que al determinar “el universo a fiscalizar, para la elaboración del programa se ha tenido una mirada estratégica, que apunta a privilegiar aquellos Sistemas de Gestión que han tenido complicaciones en la elaboración de sus reportes, y en especial atención a los recursos disponibles por esta Superintendencia para el ejercicio de la potestad fiscalizadora”.